3º JUZGADO DE LETRAS DE OVALLE

ARANCIBIA GARRIDO, SERGIO LEOPOLDO CON GUTIERREZ LEGUIA, JUAN ALBERTO

Rol

Fecha

21 de febrero de 2020

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia apelada de fecha nueve de noviembre de dos mil dieciocho, íntegramente trascrita en la carpeta digital, con declaración de que la suma de quince millones de pesos ($15.000.000.-) ordenada restituir al actor, lo sea con reajustes desde la notificación de la demanda más intereses corrientes para operaciones reajustables desde que la demandada incurra en mora. Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol Nº 246-2019.- Civil.- Pronunciado por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por la Ministro suplente señora Caroline Turner González, el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi y la abogada integrante señora María José Montesino Bianchi. En La Serena, a veintiuno de febrero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Arancibia Garrido, Sergio Leopoldo Gutiérrez Leguía, Juan Alberto Medida Prejudicial Precautoria Rol N° 246-2019.- (87-2017 del Tercer Juzgado de Letras de Ovalle) La Serena, veintiuno de febrero de dos mil veinte. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia apelada de fecha nueve de no

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