1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

LABORATORIO CHILE S.A./I. MUNICIPALIDAD DE NIQUEN

Rol

Fecha

21 de febrero de 2020

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Que en autos los documentos fundantes son de carácter electrónico y lo dispuesto en el artículo 6 de la ley 20.886, se revoca la resolución de quince de enero último en la parte que exige acompañar materialmente los documentos y, en su lugar, se deberá proveer derechamente la demanda. Devuélvase N°Civil-86-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán MACV/rps Chillán, veintiuno de febrero de dos mil veinte. Visto y teniendo únicamente presente: Que en autos los documentos fundantes son de carácter electrónico y lo dispuesto en el artículo 6 de la ley 20.886, se revoca la resolución de quince de enero último en la parte que exige acompañar materialmente los documentos y, en su lugar, se deberá proveer derechamente la demanda.

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