URQUIETA/ZENIT SEGUROS GENERALES S,A.
Rol
Fecha
4 de marzo de 2020
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Atendido lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte demandada el treinta de diciembre del pasado año (folio N° 30, cuaderno principal), en contra de la resolución que recibió la causa a prueba, debiendo el Tribunal a quo tenerlo por interpuesto en su oportunidad, si procediere. Comuníquese. N°Civil-698-2020.
Texto Completo (Preview)
fjr C.A. de Santiago Santiago, cuatro de marzo de dos mil veinte. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos: Atendido lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte demandada el treint
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