SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS CABAGAN LIMITADA CON JERALDINE ALEJANDRA ROMERO SALGADO
Rol
Fecha
21 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Pablo Paredes Bravo por la Sociedad Distribuidora de Productos Cabagan Limitada, demandada solidaria o subsidiaria en proceso de aplicación general sobre indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, caratulado: “Romero/Envacorp Servicios Industrial y Comercial Limitada y otra” – RIT O-281-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, recurriendo de hecho en contra de la resolución dictada el 18 de noviembre de 2019, que denegó la concesión de su apelación interpuesta el 16 de dicho mes y año respecto de aquélla dictada el día 13 del mismo mes y año que, a su vez, negó lugar a tener por contestada la demanda a causa de la extemporaneidad de su presentación. La negativa se sustentó en lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo; sin embargo, el recurrente aduce la admisibilidad del recurso sobre la base de lo dispuesto en el artículo 474 del Código del Trabajo, pues procedería la aplicación supletoria del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil, ya que ello no vulneraría los principios que informan la materia, atendida la naturaleza jurídica de interlocutoria de segundo grado que tendría la resolución impugnada. Solicita en definitiva que, acogiéndose el recurso de hecho, se disponga la admisibilidad de su apelación. Segundo: Que informa el Tribunal recurrido, invocando lo dispuesto por el texto legal expreso del artículo 476 del Código del Trabajo, atendida la naturaleza jurídica de “interlocutoria” de la resolución cuya apelación se pretende y la improcedencia de la aplicación supletoria de las normas del Libro II del Código de Procedimiento Civil, al constituir un supuesto especialmente excluido por el antedicho cuerpo legal. Además, hace presente que abona lo anterior la ubicación de la norma citada en las normas del Capítulo II “De los principios formativos del proceso y del procedimiento en juicio del trabajo”, del Título I intitulado “De los Juzgados de Le
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto por los artículos 203, 204, 205 y 206 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado don Pablo Paredes Bravo por la Sociedad Distribuidora de Productos Cabagan Limitada. Comuníquese lo resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad. Nº661-2019 Hecho-Laboral-Cobranza.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiuno de febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Pablo Paredes Bravo por la Sociedad Distribuidora de Productos Cabagan Limitada, demandada solidaria o subsidiaria en proceso de aplicación general sobre indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, caratulado: “Romero/Envacorp Servicios Industrial y Comercial Limitada y
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