SIN INFORMACION

ESTEPHANIE ANDILI MORALES A FAVOR DE CARLOS PATRICIO MORALES CATALÁN CONTRA COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAÍSO MÓDULO 102

Rol

Fecha

21 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece doña Estephanie Morales Catalán, interponiendo acción de amparado en favor de su hermano don Carlos Patricio Morales Catalán y en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien sería víctima de torturas por parte del personal de dicho complejo y solicita el traslado del amparado a otro penal. Señala que en atención al delito por el cual el amparado se encuentra condenado, ha sido víctima de malos tratos, aludiendo que incluso en las noches recibe golpes eléctricos. Hace presente que la madre del amparado durante el ingreso a la visita ordinaria ha recibido insultos y agresiones. Refiere que ha tenido buena conducta mientras estuvo en el módulo 101 y al ser trasladado al módulo 102 comenzaron los conflictos. Por lo anterior solicita el traslado del amparado a la cárcel de Casablanca. A folio 5, informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien expone que al tenor de lo expuesto en el recurso, se entrevistó al amparado, quien manifiesta no haber sufrido agresiones ni por el personal ni otros internos; sin embargo refiere haber sufrido una agresión hace dos meses, negándose a entregar mayores antecedentes A folio 8 informa el Director Regional de Gendarmería, quien da cuenta de los delitos por los cuales se encuentra condenado y sobre la factibilidad del traslado del interno al C.D.P de Casablanca, señala que debido a su perfil, sumado a su alto saldo de condena y la última falta cometida, no es factible su traslado, toda vez que dicha unidad cuenta con menores condiciones de seguridad para su custodia, siendo altamente factible su traslado al C.C.P de Los Andes. Con lo informado, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, no habiéndose acreditado los hechos que configuren amenaza o vulneración a la libertad o seguridad individual del amparado y corresponder el traslado solicitado a una facultad privativa de Gendarmería de Chile, el presente recurso no podrá prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida a folio 1, por doña Estephanie Morales Catalán, en favor de don Carlos Patricio Morales Catalán en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunida N°Amparo-146-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso djc Valparaíso, veintiuno de febrero de dos mil veinte. Vistos: A folio 1 comparece doña Estephanie Morales Catalán, interponiendo acción de amparado en favor de su hermano don Carlos Patricio Morales Catalán y en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien sería víctima de torturas por parte del personal de dicho complejo y solicita el traslado del amparado a otro pe

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