RUIZ/SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
Rol
Fecha
20 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Ricardo Andrés Ruiz Calabrano, cédula nacional de identidad N° 13.386.512-8, militar, divorciado, quien deduce acción constitucional de protección en contra de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, representada legalmente por su Subsecretario don Juan Francisco Galli Basili, ambos domiciliados en Alameda N° 1170, primer piso, comuna de Santiago, en razón del acto que estima ilegal y arbitrario consistente en haber dictado el Decreto Exento N° 1780/664, de 29 de agosto de 2019, notificado el 23 de septiembre del mismo año, mediante el cual se dispuso el término a su llamado al servicio activo con fines de desempeño profesional en la Reserva del Ejército de Chile, por la causal “Necesidad Institucional”. Expone que en el mes de junio de 2018 se le notificó del oficio mediante el cual el Comandante de Personal dispuso el término del llamado al servicio activo en la institución, decisión en contra de la cual interpuso recurso de reconsideración, derecho que le garantiza el artículo 19 N° 3 inciso 2° de la Constitución Política de la República y el artículo 15 de la Ley N° 19.880. Indica que con fecha 2 de agosto de 2018 se le comunicó el rechazo del referido recurso de reconsideración, por lo que dedujo apelación, la que también fue denegada. Luego, el día 23 de septiembre de 2019, se le notifica el acto que impugna a través de la presente acción de protección. Sobre el particular, afirma que de acuerdo a su hoja de vida, no ha tenido ninguna anotación negativa o de demérito, sino que todo lo contrario, teniendo 3 felicitaciones. En cuanto al derecho, cita los artículos 1, 49 y 56 del Decreto Ley N° 2306 de 1978, en particular, por cuanto esta última disposición establece que si el llamado al servicio activo se hubiere originado a petición del interesado, podrá hacerse por tiempo indefinido o por el lapso que determinen las necesidades institucionales, siendo esta la situación que ocurre en la especie, ya q
Fallo
Por tanto, si bien el artículo 2 del DFL N° 1 de 1997 dispone que el personal de reserva llamado al servicio activo queda afecto al mismo, no por ello deben cesar por las causales propias de los funcionarios de las Fuerzas Armadas, ya que pueden ser eliminados al ejercerse la facultad ya aludida del artículo 56 del DL N° 2306. Tercero: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar o de emergencia, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Luego, es requisito indispensable de la acción de protección la existencia, por un lado, de un acto u omisión ilegal -esto es, contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho o voluntad de quien incurre en él- y que provoque algunas de las situaciones que se han indicado. Cuarto: Que en lo que se refiere a la alegación de extemporaneidad, cabe señalar que el acto impugnado es el Decreto Exento N° 1780/664, de 29 de agosto de 2019, que puso término al llamado del recurrente al servicio activo con fines de desempeño profesional en la Reserva del Ejército de Chile por la causal de “necesidades institucionales”. Luego, notificado dicho acto administrativo el día 23 de septiembre d
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Ricardo Andrés Ruiz Calabrano, cédula nacional de identidad N° 13.386.512-8, militar, divorciado, quien deduce acción constitucional de protección en contra de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, representada legalmente por su Subsecretario don Juan Francisco Galli Basili,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica