2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

GONZALEZ/IMPORTADORA IMPOPARTES S.A.

Rol

Fecha

25 de febrero de 2020

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia laboral, sólo procede en contra de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la resolución de tres de febrero del presente año, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-506-2020. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, y conformada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por el Ministro señor Rafael Andrade Díaz

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la resolución de tres de febrero del presente año, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-506-2020. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, y conformada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por el Ministro señor Rafael Andrade Díaz

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinte. (dia) Al folio N°2; a todo: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia laboral, sólo procede en contra de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de

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