GALLINATO/CÁCERES
Rol
Fecha
20 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 15 de febrero de 2020 comparece José Manuel Gallinato Moreno, Marcial Eduardo León González y Enrique del Carmen Vega González deduciendo acción de amparo en contra del Ministerio Público y el Juzgado de Garantía, ambos de la comuna de San Fernando, atendido a que éste último decretó en su contra orden de detención. Que, en causa RIT 764-2016 seguida ante el Tribunal antes dicho se dictó sentencia en juicio simplificado, condenándolos como autores del delito de daños simples a la pena de multa de 15, 11 Y 5 UTM respectivamente, pagaderas en 12 parcialidades mensuales, venciendo la primera el último día hábil del mes de octubre del 2019. En audiencia de revisión de sentencia se dictó orden de detención en contra de los recurrentes. Fundan su recurso en que en la causa precedentemente singularizada el Ministerio Público habría faltado a su deber de investigar con igual celo la tesis de la defensa y que el juez sentenciador no habría valorado la prueba acompañada en juicio, específicamente el oficio Nº268,emitido por el Sr. Director de Obras Hidráulicas, Sexta Región. Acusa que la víctima denunció que habían roto los cercos de su predio con maquinaria pesada, dirigida por los imputados, los cuales en sus declaraciones prestadas ante Fiscalía negaron dichas acusaciones pues precisan que ellos transitaron con dicho máquina pero por un cauce público en su ribera poniente. Solicita se adopten de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho. Se evacuó traslado por el Ministerio Público, solicitando el rechazo de la presente acción por ser ésta improcedente al incoarse en contra de una sentencia condenatoria firme dictada por Juez de Garantía en proceso legalmente tramitado. Explica que con fecha 25 de noviembre del 2019, la querellante solicitó hacer exigible el total de la deuda impaga atendido a que no se había dado cumplimiento a la pena de multa, por lo que el Tribunal cita a audiencia a los imputados el 8 de febrero
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República consagra la acción de amparo y dispone en su inciso tercero que: “El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. La respectiva magistratura dictará en tal caso las medidas indicadas en los incisos anteriores que estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado”. SEGUNDO: Que el acto que motiva la presente acción constitucional es la orden de detención dispuesta por el Juzgado de Garantía de San Fernando en contra de los amparados, en audiencia de revisión de sentencia en la causa RIT 764-2016, de fecha 12 de febrero del 2020. TERCERO: Que de conformidad con lo informado por las Instituciones requeridas, las órdenes de detención adoptadas se ajustaron plenamente al ordenamiento jurídico, toda vez que los sentenciados se encontraban válidamente emplazados, bajo el apercibimiento legal del artículo 33 del Código Procesal Penal, sin entregar justificación alguna por su incomparecencia. CUARTO: Que, los amparados en su recurso centran sus alegaciones en que el procedimiento no se ha ajustado a derecho desde la investigación seguida por el Ministerio Público al no investigar la teoría del caso de la defensa, como también que la sentencia no valoró la prueba aportada por su parte. Es menester señalar que dichas alegaciones no corresponden ser analizadas en la presente instancia pues exceden del objeto de la acción de amparo al no significar una privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad personal, máxime si la sentencia se encuentra firme.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por José Manuel Gallinato Moreno, Marcial Eduardo León González y Enrique del Carmen Vega González. Regístrese, comuníquese, y en su oportunidad, archívese. Rol N° 17-2020 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, veinte de febrero de dos mil veinte. VISTOS: Con fecha 15 de febrero de 2020 comparece José Manuel Gallinato Moreno, Marcial Eduardo León González y Enrique del Carmen Vega González deduciendo acción de amparo en contra del Ministerio Público y el Juzgado de Garantía, ambos de la comuna de San Fernando, atendido a que éste último decretó en su contra orden de detención. Que, en causa R
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica