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Rol
Fecha
19 de febrero de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo además presente. Que por resolución firme de 27 de julio del año dos mil dieciocho se tuvo como tasación del inmueble embargado el avalúo fiscal del periodo, “con declaración que el embargo corresponde a los derechos que tiene el ejecutado sobre el inmueble, correspondiente al 15,01%” y que el perjuicio que se alega en relación a terceros interesados no puede ser invocado por el ejecutado, se confirma, con costas, la resolución de veintiséis de febrero del año dos mil diecinueve Devuélvase. Rol N 4163-2019 Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por los Ministros señora Adelita Ines Ravanales Arriagada, señora M.Rosa Kittsteiner Gentile y el Abogado Integrante señor Jorge Norambuena Hernandez. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 116 Ciento diesiseis C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinte. A los escritos fojas 114 y 115: téngase presente. Vistos y teniendo además presente. Que por resolución firme de 27 de julio del año dos mil dieciocho se tuvo como tasación del inmueble embargado el avalúo fiscal del periodo, “con declaración que el embargo corresponde a los derechos que tiene el ejec
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