SIN INFORMACION

FRANCISCO JAVIER FLORES BARRIOS CON DANIELA ANDREA NAVARRETE FERNANDEZ

Rol

Fecha

19 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política del a República, dice relación con la afectación de garantáis constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos. Que en la especie, no se mencionan hechos que puedan constituir vulneración actual en el ejercicio legítimo de garantías constitucionales amparadas por esta vía, pues la recta ejecución y cumplimiento de un régimen de relación directa y regular debe ser sometida al procedimiento especial y expedito que la judicatura de familia prevé, en el marco del cumplimiento de resoluciones judiciales. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible el interpuesto por don Frmacisco Flores Barrios, sin perjuicio del ejercicio de los derechos que estime asistirle. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol Nº 301-2020.

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible el interpuesto por don Frmacisco Flores Barrios, sin perjuicio del ejercicio de los derechos que estime asistirle. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol Nº 301-2020.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecinueve de febrero de dos mil veinte. Se acepta la competencia declinada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política del a República, dice relación con la afectación de garantáis constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por

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