CERRI/GUTIÉRREZ
Rol
Fecha
19 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: 1°) Que el fiscal adjunto don Alfredo Cerri Grilli, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 20 de enero de 2020, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en causa rol interno del tribunal 5198-2019, rol único de causa 1900330995-1, mediante la cual declaró inadmisible el recurso de apelación verbal interpuesto en contra de la resolución, dictada en audiencia celebrada con esa fecha, que revocó la medida cautelar de internación provisoria respecto del imputado adolescente Yerko Jacobo Gutiérrez Rojas, formalizado junto a otros encartados, como autor de los delitos consumados de robo calificado, previsto en el artículo 433 N°3 Código Penal, receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal y de tenencia ilegal y porte ilegal de arma de fuego, previstos en el artículo 9 inciso 2° en relación con el artículo 2 letra b) de la Ley N° 17.798, por hechos perpetrados el 26 de marzo y el 14 de agosto de 2019, dejándolo sujeto, en cambio, a la cautelar personal de arresto domiciliario total. Funda su recurso en que el artículo 149 del Código Procesal Penal, es plenamente procedente en cuanto a la apelación verbal respecto de imputados adolescentes, disposición que ha sido vulnerada expresamente por el A Quo, junto con el artículo 27 de la Ley Nº 20.084 sobre responsabilidad penal adolescente. Por lo expuesto, solicita se declare la admisibilidad del recurso de apelación verbal interpuesto, a fin de que se eleven los antecedentes a esta Corte, y en definitiva, se revoque la resolución que rechazó la internación provisoria respecto del imputado. 2°) Que del mérito de lo expuesto, de los antecedentes remitidos por el recurrido y aquellos disponibles en el sistema computacional, de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del mencionado cuerpo legal se tiene que, la situación acaecida en la audiencia de 20 de enero último, corresponde precisamente a aquellas que habilitan al Ministerio
Fallo
Por lo expuesto, solicita se declare la admisibilidad del recurso de apelación verbal interpuesto, a fin de que se eleven los antecedentes a esta Corte, y en definitiva, se revoque la resolución que rechazó la internación provisoria respecto del imputado. 2°) Que del mérito de lo expuesto, de los antecedentes remitidos por el recurrido y aquellos disponibles en el sistema computacional, de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del mencionado cuerpo legal se tiene que, la situación acaecida en la audiencia de 20 de enero último, corresponde precisamente a aquellas que habilitan al Ministerio Público para alzarse verbalmente en contra de la resolución que se pronuncie sobre la prisión preventiva de un imputado, o como ocurre en el caso de autos, sobre la internación provisoria de aquél, toda vez que la disposición referida concierne a los delitos que menciona y a la situación de privación de libertad, cualquiera sea el régimen de que se trate, con prescindencia de la calidad del imputado, sea éste adulto o adolescente. Y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se acoge el recurso de hecho, interpuesto por la fiscal adjunto doña Sara Hughes Herrera del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en la audiencia de 20 de enero pasado, por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en causa rol interno del 5198-2019, rol único de causa 1900330995-1, mediante la cual declaró inadmisible el recurso de apelación verbal
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinte. Vistos: 1°) Que el fiscal adjunto don Alfredo Cerri Grilli, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 20 de enero de 2020, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en causa rol interno del tribunal 5198-2019, rol único de causa 1900330995-1, mediante la cual declaró inadmisible el recurso de apelación v
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