ROJAS/ROJAS
Rol
Fecha
18 de febrero de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Que, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, señala que el término probatorio de los incidentes será de ocho días y, en su inciso final, la misma norma dispone que las resoluciones que se pronuncien en los casos de este artículo son inapelables. 2.- Que, estos autos se han elevado en apelación de la resolución que recibió un incidente a prueba, resolución que, conforme a la norma recién citada, es inapelable. Por estas reflexiones, disposición legal citada y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de cuatro de noviembre del año recién pasado, pronunciada por el Primer Juzgado Civil de Concepción. Devuélvase. N°Civil-263-2020.
Fallo
Por estas reflexiones, disposición legal citada y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de cuatro de noviembre del año recién pasado, pronunciada por el Primer Juzgado Civil de Concepción. Devuélvase. N°Civil-263-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción irm Concepción, dieciocho de febrero de dos mil veinte. Visto y teniendo presente: 1.- Que, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, señala que el término probatorio de los incidentes será de ocho días y, en su inciso final, la misma norma dispone que las resoluciones que se pronuncien en los casos de este artículo son inapelables. 2.- Que, estos autos se han elevado e
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