CHRISTEN JIMÉNEZ, MARÍA ELIANA CON CÁRDENAS CARRERA, JOSÉ MANUEL Y OTROS. TOMO II. - C/F -
Rol
Fecha
18 de febrero de 2020
Materia
CONTRATO, NULIDAD DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Visto: I. - En cuanto al recurso de casación en la forma deducido por don Héctor Cifuentes Jara, en representación del demandado Ramón Gonzalo Labarca Manríquez: Que a fojas 512 se recurre de casación en la forma en contra de la resolución de doce de noviembre de dos mil dieciocho, rolante a fojas 486, solicitando la nulidad de ésta, por estimar que ha sido dictada con infracción de lo dispuesto en el artículo 768 Nº4 y N°6 del Código de Procedimiento Civil. Se trajeron los autos en relación: Primero: Que del mérito del recurso de casación en forma y el recurso de apelación deducido conjuntamente, se advierte que en ambos se cuestiona la complementación efectuada a través de la resolución recurrida, la que en concepto del recurrente, no se encontraría dentro de los supuestos establecidos en el artículo 182 del Código de Procedimiento Civil y tampoco se habría ajustado a las peticiones del actor formuladas en la demanda y lo resuelto en la sentencia, incurriéndose en los vicios ya señalados. Segundo: Que de lo antes expuesto, se desprende que no se ha incurrido en algún vicio que sólo sea reparable mediante la declaración de nulidad de la resolución recurrida, lo que conduce al rechazo del recurso de casación deducido. Y visto además lo dispuesto en los artículos 764 y 768 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en la forma deducido contra la resolución de doce de noviembre de dos mil dieciocho, rolante a fojas 486, la que no es nula. II. - En cuanto al recurso de apelación deducido en el segundo otrosí de fojas 512: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de doce de noviembre de dos mil dieciocho, rolante a fojas 486 de estos autos. Regístrese y devuélvase, junto con su custodia y agregados. N°Civil-1986-2019.
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Foja: 608 Seiscientos Ocho Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de febrero de dos mil veinte. Visto: I. - En cuanto al recurso de casación en la forma deducido por don Héctor Cifuentes Jara, en representación del demandado Ramón Gonzalo Labarca Manríquez: Que a fojas 512 se recurre de casación en la forma en contra de la resolución de doce de noviembre de dos mil dieciocho, rolante a fojas
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