SIN INFORMACION

MALUK/BANCO DE CHILE

Rol

Fecha

17 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: Al folio 1, comparece, debidamente representada, María Luz Angélica Maluk Anabalón, e interpone acción constitucional de protección en contra del Banco de Chile, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio de sus garantías consagradas en los numerales 1º y 24º de la Constitución Política de la República que importarían diversas sustracciones de dinero ajenas a la recurrente desde su cuenta corriente y la negativa de restitución del banco, según se relatará, solicitando que esta Corte, restableciendo el imperio del derecho, ordene a la recurrida la restitución de la cantidad de $1.666.490, con costas. Informa el Banco de Chile, solicitando el rechazo del recurso por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que allí vierte. Informa el Ministerio Público señalando que se recibió parte policial sobre los hechos en los mismos términos que indica la recurrente causa que fue archivada provisionalmente. Por resolución de diez de enero pasado, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que el abogado don Pablo Ignacio Marín Concha, en representación de doña María Luz Angélica Maluk Anabalón deduce recurso de protección en contra del Banco de Chile, solicitando se ordene a este último restituir a su representada la suma de $ 1.666.490, que fue sustraída de su cuenta corriente por medio de un fraude, atendida su negativa expresada el 15 de noviembre de 2019, con costas. Funda su arbitrio en que el 7 de octubre de 2019, cerca de las 11.00 horas, ingresó directamente desde su computador personal al sitio web del banco para acceder a su cuenta corriente y realizar operaciones bancarias rutinarias. Ingresó su cédula y clave, pero el banco le solicitó adicionalmente su clave digipass, lo que llamó su atención, pero pensó que se debía a alguna nueva medida de seguridad, máxime cuando ingresó directamente a la página del banco. Al acceder a su cuenta, se percata de dos cargos anormales, por $499.561, $667.368, ascendentes a un total de $1.666.490, por pagos hechos a Servipag, que la actora no reconoce toda vez que no ocupa dicho medio de pago. Ante ello, se comunicó con el banco, comunicando la situación y bloqueando de inmediato su cuenta corriente y tarjetas. Ese día, indica, sufrió la pérdida de $1.666.490. Señala que ya antes había recibido correos electrónicos de phishing, pretendiendo la suplantación y entrega de datos bancarios, a los que no respondió, sabiendo de las fallas de seguridad, y que la sustracción en comentario se produjo ingresando directamente a la página del banco, por lo que nada podía sospechar sobre los hechos. Indica que denunció la sustracción ante Carabineros, y el banco le comunicó los documentos que debía acompañar para efectos de analizar la situación recurrida, lo que cumplió. Se le comunicó que la respuesta podía tomar de 3 a 45 días, por lo que realizó una serie de reclamos en distintas entidades a fin de conseguir la restitución de los dineros, sin resultado. El 15 de noviembre de 2019, prosigue, recibe un correo de una ejecutiva de la recurrida, en que se le remite una carta en que se señala la negativa a la restitución, bajo fundamento que se trató de transacciones sin vulneración de los sistemas de seguridad del banco. Es dicha respuesta la que califica de ilegal y arbitraria, ante una trasgresión manifiesta de los sistemas de seguridad de la recurrida, en una decisión que no encuentra sustento alguno y que termina por conculcar su derecho a la propiedad como su derecho a la integridad física y psíquica. Segundo: Que informando el Banco de Chile, solicita el rechazo del recurso, con costas. Fundamenta su solicitud de rechazo señalando que en las transacci

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido por el abogado Pablo Ignacio Marín Concha, en representación de doña María Luz Angélica Maluk Anabalón, debiendo la recurrida Banco de Chile restituir a la recurrente, la suma de $1.666.490, salvo lo pagado, a favor del recurrente, por el seguro respectivo, si lo hubiere. Regístrese, comuníquese y archívese estos antecedentes digitalmente. Redacción de la Ministro Sra. Figueroa. Rol I.C. N° Protección 40.789-2019.

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de febrero de dos mil veinte. VISTO: Al folio 1, comparece, debidamente representada, María Luz Angélica Maluk Anabalón, e interpone acción constitucional de protección en contra del Banco de Chile, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio de sus garantías consagradas en los numerales 1º y 24º de la Constitución Política de la República que impo

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