VILLANUEVA/CHANG
Rol
Fecha
17 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado don Enzo Varens Álvarez, en representación de Olga Giovanna Villanueva Cordero, Rut N° 9.733.304-1, ambos con domicilio en calle Guillermo Sánchez N° 660, Arica, dedujo recurso de protección en contra de doña Leiwha Chang Yucra, agricultora, Rut N°7.808.337-9, con domicilio en Pasaje Los Ángeles N° 1214 y en Parcela Santa Raquel I, Sector Huanta, Ruta A-171, Km. 6,4, del Valle de Lluta, de esta ciudad. Señala que dueña del Lote Cuatro, de la Subdivisión de la Propiedad Agrícola denominada “Santa Raquel”, ubicada en el Valle de Lluta, de la comuna de Arica, de una cabida de 1,55 hectáreas. Agrega que la recurrida es su vecina, la cual regularizó su inmueble de conformidad al Decreto Ley N° 2695, siendo actualmente dueña del inmueble denominado Parcela Santa Raquel I, Sector Huanta, Ruta A- 171, Kilómetro 6,4, Valle de Lluta, de la comuna de Arica, el cual tiene una superficie de 20,41 hectáreas. Expone que la presente acción constitucional se dirige en contra de la recurrente, la que actualmente se encuentra realizando otra construcción. Agrega que está construyendo una segunda zanja al interior del predio de la recurrente, todo ello, sin ningún tipo de autorización, ni siquiera de la Dirección General de Aguas, vulnerando con ello el artículo 41 del Código de Aguas. Indica que con los hechos relatados, se han vulnerado sus garantías constitucionales de los N°1, 8 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que se paralicen de inmediato las obras efectuadas por la recurrida doña Leiwha Chang Yucra, en el inmueble de la recurrente, asimismo, que se le prohíba efectuar cualquier otra obra sin autorización administrativa y judicial. Además, que se le autorice a efectuar obras tendientes a demoler las obras ya efectuadas, con costas. SEGUNDO: Que, en su oportunidad la recurrida, señaló que no es efectivo el hecho de que estuviese construyendo una zanja y menos que esto sea en el inmu
Fallo
se declara: Que SE RECHAZA el recurso de protección deducido por el abogado, don Enzo Varens Alvarez, en representación de Olga Giovanna Villanueva Cordero, en contra de doña Leiwha Chang Yucra. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 125-2020 Protección.
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Arica, diecisiete de febrero de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado don Enzo Varens Álvarez, en representación de Olga Giovanna Villanueva Cordero, Rut N° 9.733.304-1, ambos con domicilio en calle Guillermo Sánchez N° 660, Arica, dedujo recurso de protección en contra de doña Leiwha Chang Yucra, agricultora, Rut N°7.808.337-9, con domicilio en Pasaje Los Ángeles N°
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