MOMBERG/UNIVERSIDAD SANTO TOMAS
Rol
Fecha
14 de febrero de 2020
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el seis de septiembre de dos mil diecinueve contra la resolución de tres del mismo mes y año. Devuélvase N°Civil-12683-2019./gvs/ Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministro señora Dobra Lusic Nadal e integrada por la ministro señora Elsa Barrientos Guerrero y por el abogado integrante señor Cristián Lepín Molina En Santiago, catorce de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el seis de septiembre de dos mil diecinueve contra la resolución de tres del mismo mes y año. Devuélvase N°Civil-12683-2019./gvs/ Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministro señora Dobra Lusic Nadal e integrada por la ministro señora Elsa Barrientos Guerrero y por el abogado integrante señor Cristián Lepín Molina En Santiago, catorce de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de febrero de dos mil veinte. Al folio 8 y 9: Por recibidos los antecedentes del tribunal a quo. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recae
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