1º JUZGADO DE LETRAS DE COYHAIQUE

MANSILLA/SERVICIO DE SALUD XI REGION DE AYSEN

Rol

Fecha

14 de febrero de 2020

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS Atendido el mérito de los antecedentes,

Fundamentos

considerando que la resolución recurrida, de fecha catorce de Enero de dos mil veinte, acogió un recurso de reposición deducido en contra de la resolución de ocho de Enero de dos mil veinte por el cual se tenía presente las observaciones a la prueba planteadas por el demandante y la solicitud de tener presente la existencia de dos informes periciales pendientes, dejando sin efecto tal resolución en lo pertinente, proveyendo en su lugar en cuanto a la primera petición que no se hace lugar por extemporáneo y a la segunda lo tiene presente sin perjuicio de lo resuelto precedentemente; resolución ésta que a juicio de esta Corte es un decreto, providencia o proveído, que sin fallar sobre incidentes o trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, sólo tiene por objeto determinar o arreglar la substanciación del proceso, sin que se advierta alteración alguna a dicha substanciación o que haya recaído sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, por lo que la apelación deducida en su contra no resulta procedente y de conformidad a los artículos 158 y 188 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido en la comparecencia de fecha diecisiete de Enero de dos mil veinte, por el abogado don Marcos Gallegos Rodríguez, en representación de la demandante, en contra de la resolución de fecha catorce de Enero de dos mil veinte Devuélvase. Rol 7-2020 (Civil).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, catorce de Febrero de dos mil veinte. Con la cuenta de la señora Relator: VISTOS Atendido el mérito de los antecedentes, considerando que la resolución recurrida, de fecha catorce de Enero de dos mil veinte, acogió un recurso de reposición deducido en contra de la resolución de ocho de Enero de dos mil veinte por el cual se tenía presente las observaciones a la prueba planteadas por el

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