DÍAZ ARRIAGADA BELEN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA.-
Rol
Fecha
14 de febrero de 2020
Materia
INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido los términos de la controversia de autos, se confirma la resolución apelada, con declaración de que se modifican los puntos 1° y 2° de la sentencia interlocutoria de dieciocho de mayo de dos mil dieciocho en el sentido siguiente: 1° Efectividad que doña Belén Díaz Arriagada, el día 1 de abril de 2015, se desplazaba por la ciclo-vía ubicada en calle General Bustamante, a la altura de calle De Las Claras, comuna de Providencia, Santiago, encontrándose con una tapa con cerradura abierta, que no se encontraba señalizada, que se ubicaba en la ciclo-vía, y que con ocasión de lo anterior la rueda trasera de la bicicleta fue enganchada, saliendo eyectada la parte demandante un par de metros. Antecedentes y circunstancias. 2° En lo afirmativo de lo anterior, efectividad de que la tapa con cerradura indicada en el punto anterior se encontraba abierta, sin señalización alguna que lo advirtiera, como consecuencia de una acción u omisión efectuada por la parte demandada. Regístrese y devuélvase. N°Civil-463-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de febrero de dos mil veinte. Vistos: Atendido los términos de la controversia de autos, se confirma la resolución apelada, con declaración de que se modifican los puntos 1° y 2° de la sentencia interlocutoria de dieciocho de mayo de dos mil dieciocho en el sentido siguiente: 1° Efectividad que doña Belén Díaz Arriagada, el día 1 de abril de 2015, se desplazaba
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