JUAN PABLO LEPPE GUZMAN CON MINISTERIO PUBLICO FL AYSEN
Rol
Fecha
14 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: A lo principal: Que del tenor del recurso deducido por don Juan Leppe Guzmán, se desprende que el acto denunciado por esta vía no constituye una vulneración de garantías constitucionales en los términos del artículo 20 de la Constitución Política de la República, y visto además lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto Al segundo otrosí: A sus antecedentes. Protección N° 1471- 2020.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto Al segundo otrosí: A sus antecedentes. Protección N° 1471- 2020.
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CH- Mjc En San Miguel, a catorce de febrero de dos mil veinte. Vistos: A lo principal: Que del tenor del recurso deducido por don Juan Leppe Guzmán, se desprende que el acto denunciado por esta vía no constituye una vulneración de garantías constitucionales en los términos del artículo 20 de la Constitución Política de la República, y visto además lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Ac
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