SIN INFORMACION

VIVANCO/JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

14 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto Que, a folio 1 comparece doña Cynthia Vivanco Rodríguez, defensora penal pública, en favor de Mauro Ponce Debernardi, quien recurre de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, en concreto, contra la resolución de fecha 22 de enero de 2020, dictada por la magistrado Eliana Uribe Molina, mediante la cual se dispuso despachar orden de detención en contra del amparado. Sostiene que su representado se encuentra procesado en calidad de imputado por el delito de apropiación indebida. En tal contexto una vez formalizado, se cita a audiencia de acuerdo reparatorio para el día 18 de julio de 2019, oportunidad en que la víctima no comparece, postergándose la citación para el día 8 de agosto. En la nueva fecha, el imputado no comparece por haber salido del país el 4 de agosto con destino a San José, a propósito de una enfermedad grave que aqueja a su madre. Por lo anterior, el Fiscal a cargo solicita fecha para debatir cautelares, la que se fija para el día 22 de enero de 2020. Precisamente, en esta última audiencia, estando aún el imputado fuera del país por los

Fundamentos

motivos expuestos y, habiendo acreditado su salida con los respectivos voucher de vuelo, la magistrado actuante decreta orden de detención en contra del amparado.

Fallo

Por lo expuesto, la defensa entiende que la decisión judicial es arbitraria e ilegal, afectando de manera ilegítima el derecho de libertad personal y seguridad individual del imputado por cuanto su ausencia a las audiencias ha sido debidamente justificada. Solicita en consecuencia, se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, dejando sin efecto la orden decretada. A folio 4 evacúa informe la Magistrado Eliana Uribe Molina, quien confirma los antecedentes procesales del caso. En relación a su resolución, sostiene que la justificación prestada en audiencia fue considerada insuficiente, lo que motivó que aquella fuera desestimada y, en definitiva, ante el retardo de su comparecencia, se despachara orden de detención. Que, a folio 7, evacua informe la Prefectura Provincial de Valparaíso de la Policía de Investigaciones de Chile, quien da cuenta que la orden materia del presente recurso se encuentra vigente y en actual diligenciamiento. Que atendido el mérito de autos, a folio 8, se trajeron estos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que lo pretendido por el recurrente es que se deje sin efecto la orden de detención dictada, a su juicio, en forma arbitraria e ilegal por parte del Juez de Garantía actuante. Segundo: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de febrero de dos mil veinte. Visto Que, a folio 1 comparece doña Cynthia Vivanco Rodríguez, defensora penal pública, en favor de Mauro Ponce Debernardi, quien recurre de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, en concreto, contra la resolución de fecha 22 de enero de 2020, dictada por la magistrado Eliana Uribe Molina, mediante la cual

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