CORTEZ/ISAPRE CHUQUICAMATA LTDA.
Rol
Fecha
13 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece Melissa Cortez Díaz, mandataria judicial, en representación de Sergio Enrique Díaz Balcázar y Clotilde Beatriz Arancibia Gutiérrez, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Chuquicamata Limitada, representada por Gustavo Morales Hidalgo. Informó la recurrida, solicitando el rechazo del recurso con costas. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la recurrente basa su acción cautelar en que sus representados en el mes de enero del año en curso, fueron notificados por carta certificada con Formulario Único de Notificación adjunto que el plan de salud al se encuentran adscritos sufrirá un aumento, reajustándolo en el precio de su plan inicial base. Precisa que en aquella misiva no se informa el fundamento o razones del alza que considera el aumento de GES y el factor del grupo etario. Menciona que el acto de la recurrida es arbitrario y perjudicial porque no existe pacto, y se adoptó de forma repentina. Además, sus representados son pensionados y tienen 85 y 87 años de edad. Sin perjuicio, que los planes de éstos están expresados en UF, unidad que debe cubrir todos los supuestos elementos del precio. Destaca que evidentemente el actuar de la recurrida vulnera sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, libertad a escoger el sistema de salud y derecho de propiedad, consagradas en el artículo 19 N° 2, 9 y 24 de nuestra Carta Fundamental, desincentivando la mantención de los afiliados, obviando que por su avanzada edad existen enfermedades preexistentes que encarecen los costos de nuevos planes de salud. Agrega que en la especie se cumplen todos los requisitos para acoger el presente arbitrio. Cita como argumento de derecho el artículo 172 del D.F.L N° 1 de 2005 en cuanto a la falta de información suficiente y oportuna que le asiste a la Isapre recurrida, y que si bien es cierto, ésta tiene la facultad de modificar los planes de salud, debe informar a sus clientes las razones que sustentan dicha alza. Finalmente, solicita acoger el presente recurso, ordenando a la recurrida mantener inalterable el precio del plan de salud. SEGUNDO: Que, informó Roberto Sotomayor Klapp por la recurrida, solicitando el rechazo del presente arbitrio, atendido los siguientes argumentos: Precisa que la Isapre no está empleando el procedimiento de adecuación contemplado en el artículo 197 del DFL N°1, de Salud, como tampoco se comunica un ajuste que debe ceñirse a esas exigencias de una carta de adecuación. Explica que no se puede modificar un plan grupal como es el PES, mediante ese procedimiento legal, dado que, expresamente, la Circular IF/N°94, de la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales, entidad que se encuentra autorizada por ley para interpretar obligatoriamente las normas que rigen a este tipo de instituciones, lo prohíbe. Afirma que el hecho que haya incrementado el precio del plan no quiere decir siempre y en todos los casos, que sea por mero capricho y sin fundamento racional, toda vez que, por el contrario, en esta oportunidad se basó estrictamente en las condiciones incluidas en el plan de salud grupal, y se originaron luego de una negociación tripartita. En ese contexto estima que la discusión debe versar en determinar como el cumplimiento de las reglas que permite seguir otorgando beneficios adicionales o suplementarios, de mayor cuantía de los
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas el recurso de protección deducido por Melissa Cortez Díaz, mandataria judicial, en representación de Sergio Enrique Díaz Balcázar y Clotilde Beatriz Arancibia Gutiérrez, y en contra de Isapre Chuquicamata Limitada, representada por Gustavo Morales Hidalgo. Regístrese y comuníquese. Rol 292-2020 Acumulada con 293-2020 (PROT) 1
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a trece de febrero de dos mil veinte. VISTOS: Comparece Melissa Cortez Díaz, mandataria judicial, en representación de Sergio Enrique Díaz Balcázar y Clotilde Beatriz Arancibia Gutiérrez, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Chuquicamata Limitada, representada por Gustavo Morales Hidalgo. Informó la recurrida, solicitando el rechazo del recurso con costas. CON LO
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