LATTUZ/TRICARD S.A.
Rol
Fecha
13 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece don Javier Fabián Lattuz Almarza, RUN N° Nº15.901.605-6, domiciliado en calle Los Cerezos N°6111, comuna de Peñalolén, quien interpone recurso de protección en contra de Inversiones y Tarjetas S.A., del giro de servicios financieros; Hospital Clínico de la Universidad de Chile; Promotora CMR Falabella S.A.; Tricard S.A., y en contra de Instituto Superior De Artes Y Ciencias De La Comunicación S.A., por el acto ilegal y arbitrario ejecutado por las entidades ya individualizadas, consistente en la publicación de presuntas deudas en el Boletín Comercial y la base de datos de la empresa Equifax, estimando vulneradas las garantías contenidas en los números 1, 4, 21 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, por lo que pide se ordene eliminar los datos informados en la base de datos ya aludida, y comunicar lo resuelto a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras para que fiscalice lo ordenado, con costas. Para fundar su recurso expone que con fecha 19 de julio de 2019 y con la finalidad de obtener una cuenta corriente en una institución financiera, se enteró que mantendría publicaciones de presuntas deudas desde el año 2016, percatándose que en un certificado llamado “INFORME PLATINUM 360°” de la empresa EQUIFAX, se mantienen sus datos de morosidades de las recurridas, las cuales jamás fueron notificados ejecutivamente de cobro alguno, lo que vulnera las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, en especial la Recopilación de Normas de Banco y Financieras, en el capítulo 18-5. Expresa que los títulos en el que consta la presunta deuda, actualmente carece de fuerza ejecutiva y, no fueron cobradas en tiempo y forma, lo que afecta su integridad psíquica, provocándole una gran aflicción, viendo vulnerada también su vida privada, honra y su derecho a desarrollar cualquier actividad económica, pues es de conocimiento público que las personas que mantienen deudas ven disminuida su capacidad comercial, qued
Fundamentos
fundamentos y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales,
Fallo
se declara que se rechaza el recurso de protección deducido por Javier Fabián Lattuz Almarza. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-64507-2019. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz e integrada por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por el Abogado Integrante señor Gonzalo Ruz Lártiga.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de febrero de dos mil veinte. A los folios 88431 y 90115: téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece don Javier Fabián Lattuz Almarza, RUN N° Nº15.901.605-6, domiciliado en calle Los Cerezos N°6111, comuna de Peñalolén, quien interpone recurso de protección en contra de Inversiones y Tarjetas S.A., del giro de servicios financieros; Hospital
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