VIVAR/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
Fecha
13 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos y teniendo presente. Primero: Que Juan Pablo Collao Arenas deduce en favor de Pamela del Pilar Vivar Fuica recurso de protección en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto que consideran arbitrario e ilegal consistente en la modificación unilateral del precio base del plan de salud contratado, sin justificación alguna, denunciando la vulneración de la garantía constitucional de los números 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que mediante carta de adecuación enviada a su domicilio la Isapre recurrida le comunicó que procedería a elevar el precio base del plan de salud sin entregarle la debida justificación para ello. Refiere que, al modificar unilateralmente el precio base del plan de salud, la Isapre comete un acto arbitrario e ilegal que vulnera las garantías constitucionales del Derecho a la protección de la salud y el Derecho de Propiedad consagrada en el artículo 19 N° 9 y 24 de la Constitución Política de la República, ya que su contrato está amparado por el artículo 1545 del Código Civil y no puede ser modificado sino por consentimiento mutuo de las partes. Por lo anterior, solicita que se mantenga el actual plan de salud junto con todas sus prestaciones y beneficios y restituir las sumas de dinero descontadas con costas. Segundo: Comparece Matías Garrido Manlla, en representación de Isapre Cruz Blanca S.A., evacuando el informe al tenor del recurso. Expresa que la Isapre no ha cometido ningún acto que pueda calificarse como arbitrario o ilegal al enviar la carta y comunicar la modificación y el alza del plan de salud del recurrente, por cuanto la adecuación por beneficios de su plan de salud, corresponde a una situación excepcional prevista en la normativa legal, y que atiende a circunstancias que no dependen de la voluntad de la Isapre pues se debió al término del convenio preferente que Isapre Cruz Blanca S.A. mantenía con el prestador médico Hospital Clínico de la Universidad Católica de Chile,
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente. Primero: Que Juan Pablo Collao Arenas deduce en favor de Pamela del Pilar Vivar Fuica recurso de protección en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto que consideran arbitrario e ilegal consistente en la modificación unilateral del precio base del plan de salud contratado, sin justificación alguna, denunciando la
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