SEPÚLVEDA/UNIVERSIDAD DEL BÍO BÍO
Rol
Fecha
12 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1° Que comparece don Cristian Andrés Velozo Varela, en favor de doña Mariette Paulina Sepúlveda Chávez, Profesora de Ciencias Naturales con mención en Química, deduciendo acción de protección contra la Universidad Del Biobio, representada por su Rector don Mauricio Cataldo Monsalves. Para fundamentar su acción refiere, en síntesis, que el año 2007 ingresó a estudiar la carrera de Pedagogía en Ciencias Naturales con mención en Biología, Física o Química siendo beneficiaria del crédito fondo solidario 100% y quedando un saldo, que para cuyo pago la Universidad le otorgó un crédito institucional. Titulándose el año 2015, sin embargo, hasta la fecha sólo ha realizado reemplazos, motivo por el cual no ha pagado los señalados créditos. Agrega, que en tres oportunidades, entre los meses de noviembre y diciembre del año 2019, solicitó la recurrida certificado de semestres y horas cursados durante la carrera, no obstante, ésta se negó a otorgarlo, a pesar que hasta el año 2018 no tuvo problemas para solicitarlo, fundando su negativa en la morosidad de $1.717.505, que mantiene con la casa de estudios, y que no se le entregará hasta que regularice dicha situación. Indica que el referido documento, es fundamental para ella, pues con él, recibe el bono de reconocimiento profesional establecido en la ley N°20.158, que en el caso de la recurrente asciende a la suma de $328.245 mensuales, monto que no ha podido percibir. Estima que la recurrida con su actuar ha vulnerado el derecho de igualdad ante la ley, pues no existe fundamento legal para negarle el certificado de semestres y horas de duración, toda vez que la mora en el pago de aranceles universitarios no justifican la privación de la entrega del certificado. Y el N° 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, pues ella tiene la propiedad sobre sus antecedentes académicos y que le permiten acceder al Certificado de semestre y horas de duración, de esta manera la Universidad de forma arbitraria e i
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de recurso de protección interpuesto por don Cristian Andrés Velozo Varela en representación de doña Mariette Paulina Sepúlveda Chávez en contra de la Universidad del Bio Bío, representada por don Mauricio Cataldo Monsalves. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo de la Ministro (I) Claudia Montero Céspedes ROL 4290-2019-PROTECCION
Texto Completo (Preview)
Chillán, doce de febrero de dos mil veinte. Visto: 1° Que comparece don Cristian Andrés Velozo Varela, en favor de doña Mariette Paulina Sepúlveda Chávez, Profesora de Ciencias Naturales con mención en Química, deduciendo acción de protección contra la Universidad Del Biobio, representada por su Rector don Mauricio Cataldo Monsalves. Para fundamentar su acción refiere, en síntesis, que el año 20
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica