SIN INFORMACION

ESPINOZA/CONTRALORÍA GENERAL REPÚBLICA

Rol

Fecha

12 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DEL ACUERDO - RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece, FRANCISCO DONOSO CARRASCO, abogado, en representación de don FRANCISCO ESPINOZA CAMPOS, oficial del ejército en retiro, ambos con domicilio en la ciudad de Valparaíso, calle Plaza Justicia N° 45, Oficina 404, quien interpone recurso de protección en contra de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, representada por el Sr. Contralor General don JORGE BERMÚDEZ SOTO, ambos domiciliados en Teatinos N°56 de Santiago, por haber incurrido aquellos en un acto ilegal o arbitrario consistente en la actuación contenida en su Oficio N° 13.979 del 24 de mayo de 2019, por medio del cual se estableció indebidamente nuevos criterios para el acceso a los beneficios previsionales, provocando con ello una discriminación injusta y más desfavorable en perjuicio del Señor Francisco Espinoza Campos, lo que vulnera su garantía fundamental del artículo 19 N° 3 y N° 24, ambos de la Constitución Política de la República, solicitando que a fin de reestablecer su derecho conculcado se disponga que el Oficio N° 13.979, del 24 mayo de 2019 de la referida Contraloría sea dejado sin efecto o, en su defecto, que su contenido sólo puede producir efectos hacía futuro, debiendo darse por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y por DIPRECA pleno cumplimiento a la Resolución N° 1683, del 20 de junio de 2017, de dicha Subsecretaría.- Fundando su recurso, indica que el señor Francisco Espinoza Campos es un oficial del Ejército retirado del servicio activo desde el mes de febrero de 2008, con pensión del sistema previsional de las Fuerzas Armadas administrada por CAPREDENA y desahucio, conforme a la Resolución N° 133, de 2008. Indica, que ha sido nuevamente contratado como empleado civil por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas con destinación a la Dirección General de Movilización Nacional, en calidad de contrata, Grado 10°, y sujeto al mismo régimen previsional antes mencionado desde el mes de marzo del 2008. Señala que en el curso del año 2016

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. Regístrese y comuníquese. Redacción del Ministro (S) Sr. Andrade. ROL: 71.403-2019 Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministro señora Dobra Lusic Nadal e integrada, además, por el ministro(S) señor Rafael Andrade Díaz y el abogado integrante señor Cristian Lepín Molina. No firma el ministro (S) señor Andrade, por encontrarse con permiso administrativo.

Fallo

por tanto no puede contrarias ni al principio de confianza legitima ni al de progresividad y no regresividad. Finalmente, hace presente que no se vulneró el derecho consagrado en el artículo 19, N° 2 de La Constitución Política de la República, ya que en tanto advirtió la situación recién expuesta por medio del Oficio N° 13.979, de 2019, instruyó a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas en orden a que iniciara un proceso invalidatorio de las resoluciones de reliquidación de pensión de retiro cuyo plazo se mantenía vigente. Cuarto: Que comparece, el Subsecretario para las Fuerzas Armadas, el que al informar hace presente que por Resolución N° 7003/1650/133 de 4 de marzo de 2008, de la ex Subsecretaria de Guerra, le concedió al recurrente una pensión de retiro, de conformidad a sus 33 años y 2 meses de servicios efectivos, computados hasta el 29 de febrero de 2008, y una indemnización de desahucio. Refiere, que mediante la Resolución N° 1683 de 20 de junio de 2017, que le reconocía 8 años, 9 meses y 29 días de servicios prestados como Empleado Civil a Contrata en la citada Dirección, desde el 2 de marzo de 2008 al 31 de diciembre de 2016; más los 33 años y 2 meses de servicios efectivos reconocidos por la antedicha resolución, computando así un total de 41 años, 11 meses y 29 días, hasta el 31 de diciembre de 2016. Señala, que atendido lo anterior se reliquida su pensión de retiro como Coronel y una nueva indemnización de desahucio, la que es remitida a la Contraloría Gene

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece, FRANCISCO DONOSO CARRASCO, abogado, en representación de don FRANCISCO ESPINOZA CAMPOS, oficial del ejército en retiro, ambos con domicilio en la ciudad de Valparaíso, calle Plaza Justicia N° 45, Oficina 404, quien interpone recurso de protección en contra de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, repre

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