SIN INFORMACION

GUIROLA HERNÁNDEZ MARÍA ESTHER/ DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.-

Rol

Fecha

12 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente. PRIMERO: Que comparece María Isabel Sáez Vila, abogada, quien deduce acción constitucional de amparo a favor de María Esther Guirola Hernández y en contra de Álvaro Bellolio Avaria, Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en, demorar la entrega de información acerca de su solicitud de extensión de visa temporaria sujeta a contrato, lo que estima vulnera las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el número 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su arbitrio en que la amparada de nacionalidad cubana, ingresó los documentos correspondientes y a esa fecha vigentes, para solicitar una extensión de la visa temporaria sujeta a contrato, a través de la página web habilitada al efecto por la Oficina de Extranjería y Migraciones, y que luego de no recibir respuesta alguna ni comprobante a su solicitud, acudió a sus dependencias a consultar por el estado de su trámite, sin que se le entregara respuesta y casi a punto de caducar su actual visado, explicándole que no pueden hacer nada y que tiene que esperar a que aparezca en el sistema su solicitud, para evaluar sus antecedentes. Agrega que insistió el día 22 de enero de los corrientes y a pesar de ser el último día de vigencia de su visa, no le entregaron información ni solución, quedando sin documentos al día y con el riesgo de perder su fuente laboral y su acceso al sistema de salud, previsional y financiero. Sostiene que este desfase en la respuesta puede generarle un perjuicio irreparable, debiendo esperar meses para poder continuar ejerciendo una actividad remunerativa, por lo que se está amenazando por la recurrida la libertad personal la amparada y vulnerando su derecho de acceso a la información, por lo que pide a esta Corte acoger su recurso de amparo y que ordene a la Oficina de Migraciones y organismos pertinentes, que

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por María Isabel Sáez Vila a favor de María Esther Guirola Hernández. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-247-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de febrero de dos mil veinte. Proveyendo al folio 10: téngase presente. Vistos y teniendo presente. PRIMERO: Que comparece María Isabel Sáez Vila, abogada, quien deduce acción constitucional de amparo a favor de María Esther Guirola Hernández y en contra de Álvaro Bellolio Avaria, Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio de Interior y Segurida

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