SIN INFORMACION

GODOY/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Rol

Fecha

12 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Myriam Lidia Godoy Poblete deduce recurso de protección en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en modificar injustificada y unilateralmente el precio base de su plan de salud, alzando el mismo, con lo que se está vulnerando la garantía constitucional del número 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso expresando que, mediante carta de adecuación, la recurrida le comunicó que debido a un proceso de revisión de los contratos de salud procedería a elevar el precio base del plan de salud que los vincula. Alega que dicha alza no se encuentra justificada, estimando que es ilegal y arbitraria. Solicita que se acoja el presente recurso de protección y se ordene dejar sin efecto el alza del precio base de su plan de salud, con costas. SEGUNDO: Que informando la Isapre recurrida, solicitó se tenga por allanada respecto del precio base y se rechace el recurso en lo relativo a las prestaciones hospitalarias. En cuanto a las prestaciones solicitó el rechazo del recurso por cuanto ella no ha incurrido en un acto ilegal o arbitrario que haya conculcado las garantías constitucionales señaladas por el recurrente. Por el contrario, sostiene que su actuar se ha enmarcado dentro de la normativa legal establecida en el D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, que permite a las Isapres adecuar los contratos de salud que ha suscrito con sus afiliados. Además, el alza se encuentra debidamente justificada en el aumento de costos, motivo por el cual el acto impugnado tampoco es arbitrario. TERCERO: Que para resolver el asunto planteado cabe precisar que si bien la Isapre tiene una facultad legal para hacer tal adecuación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 197 inciso tercero del D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, tal facultad resulta excepcional frente a la regla general establecida en el artículo 1545 del Código Civil y, por consig

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INGRESO CORTE N° Protección-50906-2019. RECURSO DE PROTECCION SEGÚN CARATULADO: GODOY/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Santiago, doce de febrero de dos mil veinte VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Myriam Lidia Godoy Poblete deduce recurso de protección en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en modificar injustificada y unilateralmente el prec

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