SIN INFORMACION

MUÑOZ MUÑOZ ANDRES FELIPE/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

12 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Pablo Iturrieta Muñoz, abogado, por el condenado Andrés Felipe Muñoz Muñoz, cédula nacional de identidad nro. 18.056.770-4, recurre de amparo contra el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, por no haber postulado a su representado al proceso de libertad condicional, por estimar que no cumple con el requisito del nro. 4 del artículo 2 del DL 321, ello sin ajustarse a la normativa vigente por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo una pena de 5 años y 1 día por el delito de violación. Es una persona joven, de 24 años de edad, técnico en enfermería, trabaja en la unidad penal, participa en talleres de madera y basquetbol, manteniendo un buen comportamiento, por lo que estima que sí cumple con los requisitos legales para haber sido postulado al beneficio. Pide, como medida necesaria para restablecer el imperio del derecho, se acoja la postulación del amparado y se le conceda la libertad condicional, ordenando su inmediata libertad. SEGUNDO: Que la recurrida Gendarmería de Chile señala que el amparado no fue incorporado al proceso de libertad condicional ya que no cumple con el requisito de cuatro bimestres de muy buena conducta exigido por el DL 321 a partir de la modificación introducida por la ley 21.124, que al ser una ley de carácter administrativo, rige in actum. Indican que el sentenciado cumple una pena de 5 años y 1 día por el delito de violación d persona mayor de 14 años. Inició cumplimiento el 29 de junio de 2016, siendo su fecha de término prevista el 24 de junio de 2021 y el tiempo mínimo el 24 de octubre de 2019. Registra conducta buena en los bimestres enero-febrero de 2019 y muy buena en los bimestres marzo-abril; mayo-junio; y julio-agosto del mismo año. Agregan que será postulado al beneficio de que se trata en el período del primer semestre de 2020, en caso de mantener su conducta. Por, lo anterior, estiman que no han incurrido en

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza la acción de amparo deducida en favor de Andrés Felipe Muñoz Muñoz, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-281-2020. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por los Ministros señor Alejandro Madrid Crohare, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Cristián Luis Lepin Molina.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de febrero de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Pablo Iturrieta Muñoz, abogado, por el condenado Andrés Felipe Muñoz Muñoz, cédula nacional de identidad nro. 18.056.770-4, recurre de amparo contra el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, por no haber postulado a su representado al proceso de libertad condicional, por estimar que no cum

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