SIN INFORMACION

CARLA CASONI MIRANDA A FAVOR DE MARGARITA DEL CARMEN ALVARADO SILVA CONTTRA FUNCIONARIOS MÓDULO 210-D COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

12 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos Que, comparece Margarita Alvarado Silva, interna del Complejo Penitenciario de Valparaíso, módulo 210-D, quien recurre en contra del Centro Penitenciario –funcionarios que resulten responsables-. Señala que con fecha 30 de diciembre de 2019 recibieron visitas de familiares, luego de aquello se allanó el módulo por funcionarias de Gendarmería, al parecer en búsqueda de algún aparato celular. Ante el nulo resultado de la búsqueda, las funcionarias robaron pertenencias de la amparada, prendas de vestir y utensilios que detalla en su recurso. Comenta además que se desempeñaba como moza del módulo, pero fue removida violentamente de su cargo y módulo por haber faltado a sus funciones en una sola ocasión. La misma funcionaria que la relevó de sus funciones, habría continuado hostigándola verbalmente y cambiándola nuevamente de módulo a uno de muy precarias condiciones –baño inutilizable-. Continúa narrando que en la semana del 13 de enero nuevamente se le allana sin resultado alguno. El día 20 de enero fue víctima de 3 revisiones corporales en un lapso no superior a 2 horas, obligándola a desnudarse, en lo que parece ser la continuación de un celular. Lo anterior, culmina el día 22 de enero, oportunidad en que la obligan a asistir a la matrona quien revisa su vagina y útero, confirmándole a las funcionarias que no tenía ningún elemento en su interior. Todo lo anterior constituye un trato vejatorio y humillante que evidencia además la violencia sexual con la que ha sido tratada y el patente peligro de su integridad física. Solicita por tanto, se declare que el actuar de las funcionarias de Gendarmería es ilegal y arbitrario; Se ordene a Gendarmería desistir del trato vejatorio que se le ha dado a la interna; Se adopten medidas para evitar el maltrato e intimidación como consecuencia del presente recurso; Disponer que el Ministerio Público investigue los hechos denunciados; Instruir a funcionarios acerca de la eliminación del mal trato contra la mujer; Instruy

Fundamentos

considerando: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que el presente recurso tiene su origen en un eventual robo y trato vejatorio sufrido por la amparada por parte de funcionarios de Gendarmería, todo, en el contexto de allanamientos efectuados al interior del penal. Segundo: Que, los informes evacuados por el Alcaide del recinto penitenciario y la Dirección Regional de Gendarmería, dan cuenta de los procedimientos llevados a cabo al interior del penal, contextualizando y justificando la realización de los mismos. Adicionalmente, se acompaña declaración de funcionaria de Gendarmería que da cuenta del desarrollo de los procedimientos con estricto apego de los protocolos institucionales, dando cuenta que las prendas de vestir y artículos retirados a la imputada se encuentran prohibidos por Reglamento, por lo que serían entregados a sus familiares. Tercero: Que, en relación a lo expuesto, Gendarmería de Chile ha dado cuenta de sendos procedimientos adoptados al interior del penal, todos ellos, en estricto apego a los protocolos institucionales, justificando asimismo la necesidad de materialización de dichas diligencias. No existe antecedente alguno, que permita sostener la existencia de algún acto arbitrario o ilegitimo por parte de los funcionarios de la institución, lo que condiciona el rechazo del presente recurso.

Fallo

por tanto, se declare que el actuar de las funcionarias de Gendarmería es ilegal y arbitrario; Se ordene a Gendarmería desistir del trato vejatorio que se le ha dado a la interna; Se adopten medidas para evitar el maltrato e intimidación como consecuencia del presente recurso; Disponer que el Ministerio Público investigue los hechos denunciados; Instruir a funcionarios acerca de la eliminación del mal trato contra la mujer; Instruya la reposición de sus bienes sustraídos. Que, evacua informe el Director Regional de Gendarmería, quien comenta que la interna mantiene condena por el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación y ha sido clasificada con mediano compromiso delictual. Comenta que se recibió declaración de la interna y de la Gendarme actuante, las que adjunta a su informe. En lo medular, el allanamiento tuvo origen en que la funcionaria escucho que la interna comenta con otras mujeres que había burlado el control de las Gendarmes, logrando bajar elementos desde la visita. Esto dio origen al allanamiento, ocasión en que se encuentran prendas de vestir y tijeras que, dadas sus características, por reglamento no pueden permanecer en las celdas. Atendido lo anterior, se retiraron los productos depositándolos en bodega para su posterior entrega a un familiar. En relación al registro corporal, la funcionaria indica que se realizó conforme al protocolo institucional por lo que no realizó hostigamiento o vejaciones. En relación a la revisión de la matrona

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de febrero de dos mil veinte. Vistos Que, comparece Margarita Alvarado Silva, interna del Complejo Penitenciario de Valparaíso, módulo 210-D, quien recurre en contra del Centro Penitenciario –funcionarios que resulten responsables-. Señala que con fecha 30 de diciembre de 2019 recibieron visitas de familiares, luego de aquello se allanó el módulo por funcionari

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