JUZGADO DE GARANTIA DE CASABLANCA

MINISTERIO PUBLICO C/ CONSTANZA JAVIERA MATAMALA VILLALON

Rol

Fecha

12 de febrero de 2020

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado,

Fundamentos

considerando que en el actual estado procesal de la causa, no se encuentra suficientemente acreditada la concurrencia del requisito dispuesto en la letra b de artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito de robo con intimidación, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha cinco de febrero de dos mil veinte dictada por el Juzgado de Garantía de Casablanca, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Orlando Eduardo López López y, en su lugar

Fallo

se declara, que se la deja sin efecto. Dese orden de libertad si el imputado no estuviera privado de ella por otra causa. Sirva la presente acta como suficiente y atento oficio de remisión. Decisión adoptada con el voto en contra de la Abogada Integrante Sra. Cavaletto, quien fue del parecer de confirmar la resolución impugnada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y comuníquese por la vía más expedita. RIT N°O-60-2020, Ruc N°2000074094-3 N°Penal-310-2020.

Texto Completo (Preview)

Cgv C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a doce de febrero de dos mil veinte, se da inicio a esta audiencia a las 09:58 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, e integrada por la Ministro Suplente señora Marcela Nash Álvarez y por la abogada integrante Sra. Amalia Cavaletto Flores, p

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