ÓRDENES/ARAYA
Rol
Fecha
12 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º) Que han comparecido Roxana Borquez Castro, abogada, y Tomas Campos Estay, abogado, en representación de Darnis Ordenes Altamirano, estudiante, con domicilio en El Faro N° 15, Condominio Don Lorenzo, departamento N° 1604, La Herradura, Coquimbo, quienes interponen recurso de protección en contra de Javiera Fernanda Araya Palacios, estudiante, con domicilio en Rodolfo Wagenknecht N° 1802, La Serena, pues acusan que de manera arbitraria e ilegal se ha afectado el ejercicio de los derechos fundamentales consagradas en los numerales 4º y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en base a los siguientes hechos. Exponen que el acto que atribuye a la recurrida, del que tomó conocimiento el 4 de diciembre de 2019, consiste en la realización de una serie de imputaciones difamatorias y deshonrosas, las que ha difundido mediante Instagram, afectación que se ha profundizado al solicitar en las mismas su difusión mediante internet. Afirman que tal acto es ilegal, pues si la recurrida sostiene que existen actos de violencia que se originaron en una supuesta relación sentimental de tres meses de duración, debió utilizar los mecanismos que la Ley franquea, y denunciarlo ante los organismos competentes. En cuanto a las garantías constitucionales lesionadas, sostienen que el acto descrito afecta el derecho a la honra, de propiedad sobre la propia imagen, y a la vida privada. Terminan solicitando que se obligue a la recurrida eliminar todo el contenido publicado en los sitios web, redes sociales como Instagram, y otros; y que se abstenga de seguir realizando publicaciones de tal tipo, por cualquier vía, con costas. Junto con su recurso acompaña los siguientes documentos: 1.- Print de Pantalla de la cuenta de Instagram de Javiera Araya; 2.- Set de Prints de Pantalla de las cuentas de Instagram de compañeras de carrera del recurrente; y 3.- Certificado de Salud Mental, del Psicólogo Raúl Navarro Rodríguez, de fecha 30 de Octubre de 2019. 2º) Que comparece la recurrida, y evacuando el informe solicitado, alega falta de legitimación pasiva, puesto que, de los documentos aportados por el recurrente consta que las publicaciones supuestamente lesivas fueron hechas por usuarios o usuarias de Instagram, identificadas como @Ferfifty y @Gabizambranu, los que no se corresponden con el nombre de usuario de Instagram utilizado por su parte, que es @Javiarayap. Enseguida, afirma que la acción intentada es improcedente, toda vez que hechos descritos no guardan correlato con las garantías supuestamente vulneradas. Añade la informante que no existe vulneración de las garantías invocadas, y que el acto imputado no es ilegal ni arbitrario. En fin, solicita el rechazo de la acción constitucional entablada, con costas. Junto con su informe acompaña los siguientes documentos: a. Copia íntegra del sumario instruido por la Universidad Católica del Norte en contra del recurrente donde aparecen las declaraciones de todos y todas las compañeras de
Fallo
Por estas razones y de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema pertinente a la materia, SE RECHAZA el recurso de protección deducido por Darnis Ordenes Altamirano en contra de Javiera Fernanda Araya Palacios. Regístrese, notifíquese, y archívese. N°Protección-3915-2019. Pronunciado por la Segunda Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi y el abogado integrante señor Raúl Pelén Baldi. La Serena, a doce de febrero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Ordenes Altamirano, Darnis Araya Palacios, Javiera Fernanda Recurso de Protección Rol N° 3915-2019.- La Serena, doce de febrero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º) Que han comparecido Roxana Borquez Castro, abogada, y Tomas Campos Estay, abogado, en representación de Darnis Ordenes Altamirano, estudiante, con domicilio en El Faro N° 15, Condominio Don Lorenzo, departamento N° 1604, La H
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