SIN INFORMACION

MUÑOZ/DE LIBERTAD

Rol

Fecha

11 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: PRIMERO: Comparece el abogado Juan Carlos Muñoz, en representación del condenado Gilberto del Carmen Muñoz Tapia, actualmente interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares, quien recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional en razón resolución N°49-2019 CLC (2° Semestre 2019), de 14 de octubre de 2019, que rechazó conceder la Libertad Condicional al amparado. Indica que el amparado cumple condena por el delito de estafa y otros engaños, iniciando su pena el 14 de septiembre de 2019, y con fecha de cumplimiento para el día 22 de febrero de dos mil veintitrés, restándole un saldo por cumplir de 21 meses y fracción. En cuanto a la conducta, señala que desde el bimestre mayo-junio de 2018, ha registrado “muy buena” conducta, no registrando sanciones desde noviembre de 2017. En total, registra nueve bimestres continuos de conducta sobresaliente. Afirma que, no obstante cumplir con los requisitos que establece el legislador, la Comisión resolvió denegar la libertad condicional fundada en el informe de Postulación Psicosocial de Libertad Condicional de Gendarmería de Chile, que daría cuenta, entre otras cosas, del mal pronóstico de reinserción social del amparado. Así las cosas –continúa- la Comisión se basó en el incumplimiento de uno de los requisitos para acceder al beneficio, sin embargo, el condenado cumple con cada uno de los requisitos previstos en el D.L. 321, modificado por la ley 21.124, pues cumplió la mitad de la condena y ha observado una conducta intachable. En cuanto al requisito relativo al informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, señala que éste se remite al artículo 11 letra b) de la ley 21.124, en cuanto a que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberá dictar el Reglamento que establezca normas relativas a dichos informes y que dicho Reglamento aún no se ha dictado. En este sentido, afirma que la Comisión recurrida ha basado

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, se declara que SE REHAZA la acción constitucional de amparo deducido por don Juan Carlos Muñoz en favor de Gilberto del Carmen Muñoz Tapia, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional de 14 de noviembre de 2019, que rechazó el beneficio de libertad condicional a dicho amparado. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol N°11-2020/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, once de febrero de dos mil veinte. Visto: PRIMERO: Comparece el abogado Juan Carlos Muñoz, en representación del condenado Gilberto del Carmen Muñoz Tapia, actualmente interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares, quien recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional en razón resolución N°49-2019 CLC (2° Semestre 2019), de 14 de octubre de 2019, que rech

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