RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE ANDRES MATIAS MICHE MICHEA CONTRA LA COMISION LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
11 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º) Que comparece Wladimir Robles Santos, abogado defensor penal público penitenciario, e interpone acción constitucional de amparo a favor del condenado Andrés Michea Michea, C.I. Nº 17.330.981-3, actualmente privado de libertad en Centro de Cumplimiento Penitenciario de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, segundo semestre año 2019, por haberle denegado la concesión del beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N° 321, afectándose con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, al extender de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad. Señala que el rechazo de dicho beneficio se basa en el informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, siendo que dichos factores de riesgos fueron evaluados en detalle por una perita de la Defensoría Penal Pública, quien arribó a conclusiones completamente distintas al primero de los informes aludidos. En virtud de lo anterior, solicita se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada a su respecto por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándosele en su lugar el beneficio de la libertad condicional impetrado. Acompaña los siguientes documentos: Copia simple de la resolución 0483-2019 de la Comisión de Libertad Condicional; y 2.- Copia simple de informe pericial psicosocial, evacuado con fecha 02 de febrero de 2020, por doña Carmen Mendieta Rivera, y sus anexos. 2º) Que informando la parte recurrida a través de su Presidente, el ministro señor Christian Le-Cerf Raby, señala que desde el 7 al 14 de octubre pasado sesionó la Comisión de Libertad Condicional de esta Región para conocer diversas solicitudes sobre materias de su competencia y en relación al amparado, la Comisión, con los antecedentes que tuvo a la vista, decidió no concederle el beneficio de Libertad Condicional por las razones consignadas en el numeral 3º de la Resolución Nº 0483-2019 de 8 de octubre de 2019, el cual transcribe: "Que no cumple con el requisito establecido en el numeral tercero del Art. 2 del D.L 321, toda vez que del mérito del informe de postulación psicosocial que se tiene a la vista por la comisión se advierte que el postulado carecer de un análisis crítico de su comportamiento transgresor, además de su alto compromiso delictual, tendiendo a justificar su actuar en defensa propia y culpando a terceros, careciendo de conciencia del mal causado a las víctimas. Asimismo, no presenta un rechazo explícito de su comportamiento delictual, de manera que no existe en el postulado avances que se condigan con los fines de reinserción social que importa el beneficio al que postula.-.” 3º) Que al reseñado informe se acompañaron los antecedentes de postulación tenidos a la vista por la Comisión al momento de adoptar la resolución reclamada, de los que se desprende que el amparado está cumpliendo 5 condenas, una de 12 años como autor de un d
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Michea Michea, Andrés Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 57-2020.- La Serena, once de febrero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º) Que comparece Wladimir Robles Santos, abogado defensor penal público penitenciario, e interpone acción constitucional de amparo a favor del condenado Andrés Michea Michea, C.I. Nº 17.330.981-3, actualmente privado de libertad en Centro
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