JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

LUIS EDUARDO VALENZUELA ORTIZ CON OHL SERVICIOS INGESAN S.A. Y OTRA

Rol

Fecha

7 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.- Que a folio 70, de la causa RIT O-1223-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre indemnización por daño moral en accidente del trabajo, el abogado don Mario Rojas Sepúlveda, en representación de la demandada solidaria Clínica Universitaria de Concepción, apela en contra de resolución de fecha 7 de noviembre de 2019, que acogiendo reposición deducida por la demandante, decide aprobar el avenimiento únicamente respecto del demandante y la demandada principal, OHL SERVICIOS INGESAN S.A., Agencia en Chile, debiendo continuar la tramitación respecto de la demandada Clínica Universitaria de Concepción. 2.- Que la resolución que se impugna mediante el recurso de apelación tiene por naturaleza la de ser un mero decreto, puesto que sólo persigue dar curso progresivo a los autos, y en esa hipótesis, conforme lo autoriza el artículo 476 del Código del Trabajo, sólo son apelables las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares, y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social. 3.- Que la resolución apelada claramente no se encuadra dentro de los supuestos, ya mencionados, que permiten el recurso de apelación. En efecto, el tribunal a quo está indicando al demandado solidario, que la causa continuará a su respecto, ya que el avenimiento se acordó solo entre el demandante con el demandado principal, por lo que estimó, que el proceso debía continuar en relación al demandado solidario. Así entonces, la resolución de 7 de noviembre de 2019, no se encuadra en ninguna de las situaciones descritas en el artículo 476 previamente citado. 4.- Que de la manera que se viene razonando la única conclusión posible nos lleva a la inadmisibilidad del recurso de apelación deducido, como se dirá en lo resolutivo. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se de

Fallo

se declara INADMISIBLE por improcedente el recurso de apelación deducido tanto derecha como subsidiariamente en la presentación de folio 70 de los autos de primera instancia, por el abogado don Mario Rojas Sepúlveda, en representación de la demandada solidaria Clínica Universitaria de Concepción, en contra de la resolución de 7 de noviembre del año 2019, dictada por el Juzgado del Trabajo de Concepción. Rol 710-2019 Laboral-Cobranza.

Texto Completo (Preview)

Concepción, siete de febrero de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.- Que a folio 70, de la causa RIT O-1223-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre indemnización por daño moral en accidente del trabajo, el abogado don Mario Rojas Sepúlveda, en representación de la demandada solidaria Clínica Universitaria de Concepción, apela en contra de resolución de fec

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