DONOSO/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
6 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: 1°) Que la recurrida Isapre Colmena Golden Cross ha opuesto excepción de litispendencia del presente recurso con el Ingreso Corte N°82315-2019, por cuanto tienen como causa el mismo acto. 2°) Que revisados los antecedentes y del Ingreso Corte N°82315-2019, tenido a la vista, se constata que fue interpuesto con fecha doce de septiembre de dos mil diecinueve, por la señora Alejandra Teresa Donoso Besa, en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por la negativa a la solicitud de cambio de plan de salud. Causa que actualmente se encuentra en estado de acuerdo. 3°) Que el presente recurso de protección, fue presentado por la señora Alejandra Donoso Besa, el diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por no acceder a su solicitud de cambio de plan de salud, encontrándose actualmente en tramitación. 4°) Que de acuerdo a lo antes señalado, se constara que ambos recursos de protección fueron interpuestos por la misma persona, en contra de la misma recurrida, motivados ambos por la negativa de esta a cambiarle de plan de salud, de forma tal que a fin de evitar decisiones contradictorias y por economía procesal, se hace lugar a la litispendencia alegada y, en consecuencia, se omite pronunciamiento respecto de los presentes autos. Archivese. N°Protección-175852-2019 (tms). Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministro señora Dobra Lusic Nadal e integrada por la ministro señora Elsa Barrientos Guerrero y por el ministro (s) señor Rafael Andrade Díaz.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago mac Santiago, seis de febrero de dos mil veinte. Proveyendo el cuerpo del escrito folio 10: estese a lo que se resolverá. Vistos: 1°) Que la recurrida Isapre Colmena Golden Cross ha opuesto excepción de litispendencia del presente recurso con el Ingreso Corte N°82315-2019, por cuanto tienen como causa el mismo acto. 2°) Que revisados los antecedentes y del Ingreso Corte N°82315-
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