SIN INFORMACION

MUÑOZ/VÁSQUEZ

Rol

Fecha

5 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo en consideración: Primero: Que comparece el abogado don Gabriel Alonso Muñoz Muñoz, por su mandante Froilán José Muñoz Sanfuentes en autos sobre regularización y oposición de bien raíz conforme al DL 2695, caratulado Muñoz con Vásquez, rol 29-2019 del Juzgado de Letras de Constitución y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de cuatro de octubre de 2019, dictada por el juez interino Francisco Madrid Alarcón. que no dio lugar al recurso de apelación interpuesto por su parte, fundado en el artículo 22, inciso 2° del cuerpo legal antedicho. Expresa que el tribunal estimó que la demanda aparecía revestida de fundamento plausible y reunía los requisitos legales, por lo que citó a las partes a la audiencia de contestación a realizarse el 21 de marzo de 2019, sin embargo su parte solicitó que se fijara un nuevo día y hora, toda vez que el demandado Juan de Dios Vásquez Vásquez, en el requerimiento del Ministerio de Bienes Nacionales había fijado domicilio en Linares, exhortando al efecto, a lo que el tribunal accedió, fijando la audiencia del día 16 de abril de ese año a las 10 horas, en dependencias del tribunal. Agrega que el tribunal de Linares no cumplió con el exhorto y la contraria en agosto último se hizo parte en esa instancia, solicitando .el apercibimiento del artículo 22, inciso 2° del DL 2695 sin indicar como y cuando tomó conocimiento de la oposición. Argumenta que el recurso debió de haberse concedido dado que la resolución recurrida tiene el carácter de sentencia definitiva y, al no hacerlo, lo ha dejado en la indefensión. En cuanto a los hechos, manifiesta que el procedimiento se inició el 10 de enero último con la oposición administrativa de su parte don Froilán Muñoz Sanfuentes, quien en sede administrativa objetó el proceso de regularización que desde el año 2017 ha intentado apropiarse de un bien nacional de uso público, como es Playa de Mar, impidiendo el paso a la playa del sector Los Pellines. Añade que el tribunal di

Fallo

se declarase el abandono del procedimiento, sin haber transcurrido el plazo de seis meses contados desde la última gestión útil, conforme lo dispuesto en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil; oportunidad en que el se notifica tácitamente de la demanda. Expresa que en tal estado de tramitación, el tribunal rechaza la oposición opuesta y no acoge el recurso de apelación interpuesto, debiendo hacerlo, por lo que solicita que previo informe del magistrado titular don Gustavo Edison Benavente Mora, quien dictó la resolución de 4 de octubre de 2019, se declare procedente la apelación interpuesta el 3 de septiembre de 2019, la cual le fue notificada el 26 de ese mes. Segundo: Que informando don Francisco Madrid Alarcón, que fue el juez interino que dictó la resolución recurrida, señala: que en el marco de un juicio sobre oposición a la regularización de la posesión del DL 2695, el tribunal mediante resolución de 26 de marzo de 2019 citó a la audiencia de contestación para el día 16 de abril de ese año a las 10 horas. Atendido el domicilio del demandado se exhortó al juzgado de turno de Linares, para que dispusiera dicha notificación, pero ello no ocurrió dentro del plazo de tres días hábiles de antelación a la audiencia, previsto en el artículo 22, inciso segundo del señalado DL. Es por ello que la demandada, al solicitar el 20 de agosto último el apercibimiento allí contemplado, su petición fue acogida mediante resolución de 3 de septiembre de 2019, teniendo por no d

Texto Completo (Preview)

Talca, cinco de febrero de dos mil veinte. Visto y teniendo en consideración: Primero: Que comparece el abogado don Gabriel Alonso Muñoz Muñoz, por su mandante Froilán José Muñoz Sanfuentes en autos sobre regularización y oposición de bien raíz conforme al DL 2695, caratulado Muñoz con Vásquez, rol 29-2019 del Juzgado de Letras de Constitución y deduce recurso de hecho en contra de la resolución

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica