SIN INFORMACION

MEDEL/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Rol

Fecha

5 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen don Jorge Medel Mella, quien deduce recurso de protección en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en modificar injustificada y unilateralmente el precio base de su plan de salud, alzando el mismo, con lo que se está vulnerando la garantía constitucional del número 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso expresando que, mediante carta de adecuación, la recurrida le comunicó que debido a un proceso de revisión de los contratos de salud procedería a elevar el precio base del plan de salud que los vincula. Alega que dicha alza no se encuentra justificada, estimando que es ilegal y arbitraria. Solicita que se acoja el presente recurso de protección y se ordene dejar sin efecto el alza del precio del plan de salud, manteniendo de esta forma el precio base, con costas. Segundo: Que informando la Isapre recurrida, hace presente que en esta caso el contrato de salud suscrito por el actor corresponde a un contrato de salud con prestador preferente, que contemplan financiamiento para las atenciones hospitalarias de salud que requieran sus beneficiarios, cuanto éstas sean otorgadas en el Hospital Clínico de la Universidad Católica, bajo un copago fijo de $15.000. Sin embargo, expresa que en abril del año 2017 el Hospital Clínico referido comunicó a la Isapre el término del convenio suscrito entre las partes que daba sustento al beneficio en el plan de salud. En esas circunstancias, previo informe y aprobación por parte de la Superintendencia, ajustaron el plan de que se trata para poder continuar con la atención de los beneficiarios en el Hospital Clínico, modificando sólo algunas prestaciones y coberturas hospitalarias, aumentando el copago fijo a $50.000, cuestión que se halla conforme con lo establecido en el artículo 189 del D.F.L. N°1 de Salud, por lo que no ha cometido acto ilegal o arbitrario alguno. A su vez, manifiesta

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C.A. de Santiago Santiago, cinco de febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen don Jorge Medel Mella, quien deduce recurso de protección en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en modificar injustificada y unilateralmente el precio base de su plan de salud, alzando el mismo, con lo que se está vulnerando l

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