SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA CON SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A.
Rol
Fecha
4 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo, además, presente: 1º Que la Competencia de esta Corte, según el recurso, es para revocar la sentencia y absolver al denunciado o, en caso mantener la decisión de condena, pero que ella se aplique en el mínimo legal, esto es, en tres unidades tributarias mensuales. No se dio competencia, entonces, para aplicar una multa en un monto diverso a los señalados. 2º Que, de los antecedentes incorporados a la causa, la infracción de tenencia de recurso hidrobiológico sin acreditación de su origen legal, se encuentra suficientemente acreditada, por lo que no se podría acceder a la petición principal de la apelante de absolverla de la denuncia. Por otra parte, si bien la denunciada puso los antecedentes en conocimiento del Servicio Nacional de Pesca, ello se encuentra ya considerado en la sentencia, desde que se aplica la sanción en 100 unidades tributarias mensuales, es decir, dentro del rango mínimo de la multa, por lo que la sentencia en revisión será confirmada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil y 125 de la Ley de Pesca, se confirma, sin costas del recurso, la sentencia definitiva de dieciséis de abril de dos mil diecinueve, dictada por el Segunda Juzgado Civil de Talcahuano. Regístrese y devuélvase. Redactó Hadolff Ascencio Molina, ministro titular. Rol N°Civil-1284-2019.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil y 125 de la Ley de Pesca, se confirma, sin costas del recurso, la sentencia definitiva de dieciséis de abril de dos mil diecinueve, dictada por el Segunda Juzgado Civil de Talcahuano. Regístrese y devuélvase. Redactó Hadolff Ascencio Molina, ministro titular. Rol N°Civil-1284-2019.
Texto Completo (Preview)
MFMM C.A. de Concepción. Concepción, cuatro de febrero de dos mil veinte. Visto y teniendo, además, presente: 1º Que la Competencia de esta Corte, según el recurso, es para revocar la sentencia y absolver al denunciado o, en caso mantener la decisión de condena, pero que ella se aplique en el mínimo legal, esto es, en tres unidades tributarias mensuales. No se dio competencia, entonces, para apli
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica