PAVEZ/FISCO DE CHILE
Rol
Fecha
4 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 17 de octubre de 2019, comparece el abogado Christopher Sánchez Grundt, en representación de Alejandro Emilio Pavez Espejo, empleado público, quien deduce recurso de protección en contra del Ejército de Chile, representado por el Comandante en Jefe, General de Ejército, Ricardo Martínez Menanteau, y del Fisco de Chile, representado legalmente por el Consejo de Defensa del Estado, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la Resolución COP I/1 (P) N° 1615/1238/5664 de 12 de junio de 2019, mediante la cual se dispuso el retiro temporal del protegido por la causal de enfermedad, no correspondiéndole inutilidad, cesándole en su sueldo, actos que acontecen con anterioridad al cierre de la investigación sumaria administrativa, la que debe determinar si la enfermedad que padece es o no profesional o con ocasión del servicio, si tiene grado de inutilidad y si se encuentra médicamente apto. Agrega que ese acto vulnera los derechos contemplados en el artículo 19 numerales 1, 2, 3 y 24 de la Carta Fundamental, solicitando se ordene dejar sin efecto cualquier actuación de la recurrida que haya ocasionado el retiro temporal del afectado y el cese de pago de sus remuneraciones hasta que se finalice la investigación sumaria administrativa o se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Expone que su representado era Cabo 2° del Ejército, perteneciente al Regimiento Logístico N° 1 “Bellavista”, cuando durante mediados del año 2018 empezó a tener síntomas propias de la enfermedad de salud mental denominada “Trastorno Adaptativo” y “Depresión”, la cual al final fue diagnosticada por un especialista, sometido a tratamiento, presentando las licencias médicas respectivas, hasta ser definitivamente dado de alta, siendo los antecedentes de dicha enfermedad los episodios de acoso sufridos de parte de su jefatura. Señala que producto de su delicado estado de salud, se dispuso instruir una Inv
Fallo
se resuelve el retiro temporal en el ejército por enfermedad, no correspondiéndole inutilidad y el cese del pago de su sueldo. Sin embargo, luego de la presentación de un recurso de reconsideración, por resolución de fecha 26 de junio de 2019, se ordena reabrir la investigación sumaria, por lo que es posible concluir que esta se encontraba en desarrollo al momento de dictar el acto administrativo que dispone su retiro temporal. Señala que a partir del 22 de septiembre de 2019 se hizo efectivo el cese de pago de acuerdo a la resolución que cuestiona, señalando que si bien es cierto que aquella resolución ordenaba el retiro temporal y el cese de su sueldo en el Ejército, aún no existía fecha cierta de baja por lo que toma conocimiento de los efectos de dicho acto administrativo, sin haber sido notificado previamente, por lo que el plazo para la interposición de la presente acción cautelar comienza el día 22 de septiembre de 2019. Que los actos descritos precedentemente, vulneran sus derechos contemplados en el artículo 19 numerales 1, 2, 3 y 24 de la Carta Fundamental. Pide que se ordene dejar nulo y sin efecto cualquier actuación de la recurrida que haya ocasionado el retiro temporal del afectado y el cese de pago de sus remuneraciones hasta que se finalice la investigación sumaria administrativa que está en curso y se dé a conocer las determinaciones o se adopten todas las medidas necesarias para el restablecimiento del imperio del derecho, con costas. Segundo: Que el Gen
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C.A. de Santiago Santiago, cuatro de febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 17 de octubre de 2019, comparece el abogado Christopher Sánchez Grundt, en representación de Alejandro Emilio Pavez Espejo, empleado público, quien deduce recurso de protección en contra del Ejército de Chile, representado por el Comandante en Jefe, General de Ejército, Ricardo Mart
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