SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO EN FAVOR DE RODRIGOGONZALEZ PAVEZ EN CONTRA DE LA PRIMERA COMISARIA DE LA SERENA

Rol

Fecha

4 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinticinco de enero de dos mil veinte comparece Álvaro Enrique Ramírez Barros, abogado, y Alex Antonio González Muñoz, habilitado en derecho, en representación de Rodrigo Javier González Pavez, estudiante, deduciendo recurso de amparo en contra de la Primera Comisaria de Carabineros de La Serena, en virtud de los siguientes antecedentes. Expone que con fecha 24 de enero de los corrientes, alrededor de las 19:30 horas, en circunstancias que el amparado circulaba como simple transeúnte, por la calle Cienfuegos, en las proximidades de una manifestación callejera, a casi dos cuadras de ella, fue abruptamente abordado por un funcionario de Carabineros, quien violentamente le increpó y detuvo injustificadamente, acto seguido el amparado, asombrado e incrédulo, procede a gritar a viva voz que está siendo injustamente retenido o “secuestrado” por estos funcionarios. Ante la negativa del amparado a ser detenido indebida e ilegalmente y su razonable actitud, la gente comienza a agolparse alrededor de este suceso, cuestión que irrita a los funcionarios, que a ese instante resultan ser al menos seis o siete, quienes presurosamente lo suben a una patrulla y lo trasladan hasta la 1ª Comisaría de La Serena. Posteriormente, se le informa en la unidad policial que el amparado había sido detenido en “la marcha” y que entre sus especies había sido descubierta una máscara de aquellas que suelen usar lo incitadores callejeros, un aerosol, un cuchillo o arma blanca y una navaja. En ese entendido, se habría hecho contacto directo con la fiscal de turno, quien en virtud de lo manifestado ordena la detención y el control de detención para el día siguiente en el Juzgado de Garantía de la ciudad. Destaca que el amparado es estudiante universitario, no un activista político, como se le dio a entender al fiscal de turno, lo que justifica la tenencia y el porte de un alicate multifunción, que maliciosamente se ha identificado como una navaja; luego, el arma blanca que en el parte se individualiza, responde a un artefacto de raspe de acrílico, que era la tarea que éste desarrollaba, pues por sus conocimientos básicos de arquitectura desarrolla labores de mueblista; hoy durante varios días en una oficina de consultores e ingeniería, de calle Parma N° 378 de La Serena, a solo siete u ocho cuadras de donde fuera detenido. Por otra parte, motivado por los gases tóxicos del material que aplica a la madera de los muebles que elaboraba, el amparado portaba una máscara de las que se usan al aplicar desinfectante, necesario para el trabajo de la madera. En consecuencia, los funcionarios, con el solo fin de justificar su mal proceder, y con el solo propósito de ocultar la arbitraria, injustificada e ilegal detención, inventan una serie de conjeturas y acontecimientos inexistentes y falsos, con los que malintencionadamente instan a la fiscal de turno a determinar equivocadamente la justificación de una errada detención y ajustarla conforme a der

Fallo

Por estas consideraciones solicita se ordene la inmediata libertad del amparado, sin perjuicio de medidas rectificadoras respectivas, que impidan la repetición de los atropellos señalados. SEGUNDO: Que, con fecha uno de febrero de dos mil veinte evacuó informe Renata Alejandra Valdivia Quital, Mayor de Carabineros, quien señala que, tal como se consignare en Parte Policial N° 00550, el día 24 de enero de 2020, siendo las 19:30 horas, personal de Carabineros de la 1° Comisaria de La Serena, Cabo 1° Claudio Pino Monsalves y los Cabos 2° Camila Arévalo Melo y Nicolás Eriza Rojo, quienes se encontraban de servicio de 2° turno en las motos todo terreno, en circunstancias que efectuaban un patrullaje preventivo a un individuo, el cual vestía pantalón corto color azul, polera de color azul y una mochila de color rojo, quien al solicitarle su cédula de identidad, se niega a identificarse, propinando a viva voz insultos de grueso calibre al personal policial presente. En razón de la situación antes descrita, el individuo fue trasladado a la citada unidad policial, lugar donde se logró verificar su identidad mediante su cédula, identificándolo como Rodrigo Javier González Pavez, procediendo posteriormente a una revisión superficial de sus vestimentas y de la mochila que portaba, verificándose a eso de las 19:45 horas, que en su interior mantenía diversas especies, entre ellas, 01 cuchilla tipo corta pluma metálica color gris la cual media 9,5 centímetros de empuñadura y 8 centímetros d

Texto Completo (Preview)

González Pavez, Rodrigo Javier Carabineros Primera Comisaría de La Serena Recurso de Amparo Rol N° 36-2020.- La Serena, cuatro de febrero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinticinco de enero de dos mil veinte comparece Álvaro Enrique Ramírez Barros, abogado, y Alex Antonio González Muñoz, habilitado en derecho, en representación de Rodrigo Javier González Pavez,

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