2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/NÚÑEZ

Rol

Fecha

4 de febrero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que lo razonado por el sentenciador en la resolución impugnada excede las facultades contempladas en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, una cuestión materia de excepciones a la ejecución, que deberá discutirse en la etapa procesal correspondiente. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de dos de diciembre del año de 2019, dictada en causa Rol N°C-7660-2019, por el Segundo Juzgado Civil de San Miguel y, en su lugar, se ordena al tribunal a quo darle la tramitación que en derecho corresponda, por juez no inhabilitado. Devuélvase. N°Civil-2402-2019.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cuatro de febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Que lo razonado por el sentenciador en la resolución impugnada excede las facultades contempladas en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, una cuestión materia de excepciones a la ejecución, que deberá discutirse en la etapa procesal correspondiente. Y visto, además, lo disp

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