SIN INFORMACION

ESVAL S.A./MAESTRANZA Y PLANTA DE ÁRIDOS RIO MAIPO S.A.

Rol

Fecha

4 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido que los hechos expuestos por el recurrente no importan actos u omisiones ilegales y/o arbitrarios que afecten algunas de las garantías que se reclaman afectadas y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional; y teniendo presente además que la cuestión debatida excede el objeto de la presente acción al tratarse de asuntos que deben promoverse en un procedimiento de lato conocimiento, no siendo ésta la vía idónea para tales efectos, y visto lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Góngora quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de protección por estimar que en la especie concurren hechos que pueden constituir actos ilegales y/o arbitrarios que afecten algunas de las garantías que se reclaman conculcadas. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto precedentemente. Al segundo otrosí: Por acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3508-2020.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de protección. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Góngora quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de protección por estimar que en la especie concurren hechos que pueden constituir actos ilegales y/o arbitrarios que afecten algunas de las garantías que se reclaman conculcadas. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto precedentemente. Al segundo otrosí: Por acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3508-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de febrero de dos mil veinte. Proveyendo Folio N° 1 “Ingreso Recurso”: A lo principal: Visto: Atendido que los hechos expuestos por el recurrente no importan actos u omisiones ilegales y/o arbitrarios que afecten algunas de las garantías que se reclaman afectadas y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional; y teniendo presente además que la

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