11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CAR S.A./GUTIÉRREZ MARTINEZ MARISOL

Rol

Fecha

3 de febrero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de autos y que los hechos fundantes de las excepciones opuestas por la ejecutada no se encuentran debidamente recogidos en la interlocutoria que recibió la causa a prueba, y visto, además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes, se revoca la resolución apelada de quince de noviembre de dos mil diecinueve, dictada por el 11° Juzgado Civil de Santiago, sólo en cuanto se incorporan los siguientes puntos substanciales, pertinentes y controvertidos: “1. Efectividad que abogado compareciente del ejecutante representa al actor. 2. Si el libelo de autos es inepto por haberse omitido menciones que son obligatorias. 3. Hechos que configuran la falsedad material y/o ideológica del pagaré materia de autos. 4. Si el título de autos reúne los requisitos para tener fuerza ejecutiva. 5. Efectividad de haberse pagado el tributo de la ley de timbres; hechos que configuran la falta de liquidez de la deuda. Si se procedió al protesto del documento”. 6. Efectividad que la deuda se encuentra sobrevaluada, en relación el préstamo”. Conforme a lo anterior, se modifica el guarismo 1.- contenido en la resolución impugnada y se le sustituye por el numeral “7.”. Se confirma, en lo demás apelado, la referida resolución. Devuélvase. N°Civil-16.774-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de febrero de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de autos y que los hechos fundantes de las excepciones opuestas por la ejecutada no se encuentran debidamente recogidos en la interlocutoria que recibió la causa a prueba, y visto, además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes, se revoca la resolución apelada de quince de noviembre de dos mil diecinuev

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