TRONCOSO/ISAPRE CONSALUD S.A.
Rol
Fecha
3 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Gierty Francisca Morales Nass, actuando en representación de Pablo Ignacio Troncoso medina, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido con motivo de la aplicación de un precio improcedente por la inclusión en el contrato de salud de su hijo no nacido, lo que vulneraría los derechos que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en los N° 2, 9 inciso final y 24 del artículo 19. Explica que en noviembre de 2019 solicitó la inscripción como carga de sus futuros hijos, lo que motivó el cobro de un precio a partir de la aplicación de tablas de factores establecidas en normas que se encuentran derogadas por la conocida sentencia del Tribunal Constitucional, del mes de agosto de 2010. En concepto de la recurrente los hechos descritos importan vulneración de los derechos constitucionales establecidos en los N° 2, 9 inciso final y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, solicitando que acogido que sea el recurso se declare que la recurrida deberá abstenerse de multiplicar el precio base de su plan por un factor de riesgo y devolver montos cobrados en exceso, con expresa condena en costas. Segundo: Que evacuando el informe requerido, la recurrida expresa que del contrato de salud emanan derechos y obligaciones para ambas partes, no resultando procedente la incorporación de una nueva carga sin que ello comporte exigir el pago de una contraprestación. Asimismo, repara en que el precio adicional que se reprocha se cobra con estricto apego al marco normativo que lo rige, como también que la sentencia del Tribunal Constitucional que se menciona en el recurso se encuentra circunscrita a ciertos elementos, manteniéndose la tabla de factores de edad y sexo para el cobro de un precio adicional. Pide en consecuencia se rechace el recurso, con costas. Tercero: Que el
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por la abogada Gierty Francisca Morales Nass, en representación de Pablo Ignacio Troncoso. Acordada con el voto en contra el Abogado Integrante señor Benítez, quien estuvo por acoger el presente recurso, teniendo en consideración lo siguiente: 1. Que el acto que se califica de arbitrario e ilegal consiste en la aplicación por parte de la recurrida de un precio conforme a una tabla de factores de riesgo por edad y sexo en la inclusión en el contrato de salud de su hijo no nacido que se encontraría derogada o no resultaría aplicable conforme a lo resuelto por el Excmo. Tribunal Constitucional. 2. Que la recurrida no cuestiona el haber determinado el nuevo precio del plan de salud del recurrente por la incorporación de una nueva carga familiar sobre la base de la denominada tabla de factores. 3. Que por sentencia del 6 de agosto de 2010, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales los numerales 1°, 2°, 3° y 4° del artículo 38 ter de la Ley N° 18.933 y que corresponden en la actualidad a los referidos numerales del artículo 199 del DFL N° 1 del Ministerio de Salud. Esta norma era la que autorizaba a la Isapre para fijar el valor del contrato de salud aplicando en su determinación la tabl
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Gierty Francisca Morales Nass, actuando en representación de Pablo Ignacio Troncoso medina, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido con motivo de la aplicación de un preci
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica