3º JUZGADO DE LETRAS DE COQUIMBO

MERIÑO ARANDA, ORLANDO ANTONIO CON INMOBILIARIA VIVIENDAS 2000 LTDA.

Rol

Fecha

3 de febrero de 2020

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

CONFIRMADA/INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha once de julio de dos mil diecinueve, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Devuélvase. EN CUANTO A LA APELACIÓN ROL N° 1138-2019: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, correspondiendo la resolución en alzada a un simple decreto que no altera la normal sustanciación del juicio y atendido lo dispuesto en los artículos 188, 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido con fecha ocho de agosto de dos mil diecinueve en contra de la resolución de dos de agosto de dos mil diecinueve, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Devuélvase. Rol N° 1105-2019 y acumulada Civil.- Pronunciado por la Segunda Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por la Ministro titular señora Marta Maldonado Navarro, el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi y la abogado integrante señora María José Montesino Bianchi. En La Serena, a tres de febrero de dos mil veinte, notifiqué por estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido con fecha ocho de agosto de dos mil diecinueve en contra de la resolución de dos de agosto de dos mil diecinueve, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Devuélvase. Rol N° 1105-2019 y acumulada Civil.- Pronunciado por la Segunda Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por la Ministro titular señora Marta Maldonado Navarro, el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi y la abogado integrante señora María José Montesino Bianchi. En La Serena, a tres de febrero de dos mil veinte, notifiqué por estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

La Serena, tres de febrero de dos mil veinte. EN CUANTO A LA APELACIÓN ROL N° 1105-2019: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha once de julio de dos mil diecinueve, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Devuélvase. EN CUANTO A LA APELACIÓN ROL N° 1138-201

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