SIN INFORMACION

/CORTE APELACIONES DE ARICA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

31 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: Primero: Que, Alejandra Aguirre Droguett, Abogada, Defensora Penal Público Penitenciaria, en representación del condenado Carlos Alberto Rubio Flores, cédula nacional de identidad N°13.496.680-7, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Arica, deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional a efectos de obtener su libertad condicional, en virtud del Decreto Ley N° 321 de 1925. Señala que se encuentra cumpliendo la pena de 5 años y un día, por el delito de tráfico ilícito de drogas, y que el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional, lo cumplió el 12 de junio de 2019, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Decreto Ley citado precedentemente, que establece las exigencias para obtener la libertad condicional, citando las disposiciones que rigen la materia. Funda su petición en que la Comisión de Libertad Condicional mediante resolución de 11 de octubre del 2019, resolvió negar la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, pues este no cumpliría con todos los requisitos exigidos en el Decreto Ley N°321. Detalla la comisión de libertad condicional, estimó RECHAZAR el beneficio de libertad condicional, atendido a: “5°: Que, en mérito de lo señalado, NO HA DEMOSTRADO AVANCES EN SU PROCESO DE REINSERCION SOCIAL por lo que se rechazará su petición” Sostiene que su representado cumple todos los requisitos legales para optar a la libertad condicional y a pesar de todos los antecedentes expuestos la comisión de libertad condicional concluyo que no debe otorgársele el beneficio. Por lo anterior, solicita tener por interpuesto recurso de amparo a favor de Carlos Alberto Rubio Flores, acogerlo en todas sus partes, adoptando todas las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional y decretando que se concede el beneficio de libertad condicional al amparado. Segundo: Que, el día 30 de

Fallo

Por estas consideraciones, lo preceptuado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve: Que, ACOGE el recurso de amparo interpuesto Alejandra Aguirre Droguett, Abogada, Defensora Penal Público Penitenciaria, en representación del condenado Carlos Alberto Rubio Flores, cédula nacional de identidad N°13.496.680-7, y en su lugar se decide que éste queda otorgado, debiendo disponerse su egreso inmediato para el goce efectivo del beneficio, sino estuviere privado de libertad por otra causa. Comuníquese al Jefe del Complejo Penitenciario de Acha, al Secretario Regional Ministerial de Justicia, al Director Regional de Gendarmería de Chile y al Registro Civil de Identificación. Ofíciese. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 26-2020 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Arica, treinta y uno de enero de dos mil veinte. VISTO: Primero: Que, Alejandra Aguirre Droguett, Abogada, Defensora Penal Público Penitenciaria, en representación del condenado Carlos Alberto Rubio Flores, cédula nacional de identidad N°13.496.680-7, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Arica, deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad

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