1º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA

BANCO RIPLEY/LAURIE

Rol

Fecha

31 de enero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA CON COSTAS

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del párrafo primero del motivo noveno que se elimina. Y SE TIENE EN SU LUGAR PRESENTE: Que del examen del título que se persigue en autos se desprende que la cláusula que establece la exigibilidad anticipada resulta ser de carácter facultativo, la cual fue ejercida por el ejecutante al momento de deducir la demanda con fecha 29 de septiembre de 2017, por lo que a la fecha de notificación de la misma, esto es, el 4 de mayo de 2018, no había transcurrido el plazo de prescripción de toda la deuda establecido en el artículo 98 de la Ley 18.092, como lo afirma el ejecutado. Y conforme, además, a lo dispuesto en los artículos 186 y 471 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, en su parte apelada, la sentencia definitiva de 22 de octubre de 2018, inserta en la carpeta virtual C-2450-2017 del Primer Juzgado de Letras de Talca, con costas del recurso. Regístrese y devuélvase. N°Civil-2070-2018.

Texto Completo (Preview)

Talca, treinta y uno de enero de dos mil veinte. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del párrafo primero del motivo noveno que se elimina. Y SE TIENE EN SU LUGAR PRESENTE: Que del examen del título que se persigue en autos se desprende que la cláusula que establece la exigibilidad anticipada resulta ser de carácter facultativo, la cual fue ejercida por el ejecutante al moment

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