MP C/ PATRICIO EDUARDO IRURETA GUINEZ
Rol
Fecha
31 de enero de 2020
Materia
ROBO CON HOMICIDIO. ART. 433 Nº 1.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se CONFIRMA la resolución apelada de veintitrés de enero de dos mil veinte, en virtud de sus propios fundamentos. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. María Soledad Piñeiro Fuenzalida, quien en mérito de lo dispuesto en el artículo 247 del Código Procesal Penal, estuvo por revocar la resolución en alzada y conceder la medida cautelar de arresto domiciliario total. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 84 – 2020 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 31 de enero de 2020. David Silva Estrada Relator Suplente En Valdivia, treinta y uno de enero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ana María León Espejo, Secretaria Titular.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y en su lugar se decreten medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. A continuación alega el Ministerio Público, solicitando se confirme la resolución apelada, en virtud de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia. Acto seguido, los abogados hacen uso de su derecho a réplica, manteniéndose en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala, da por terminada la intervención y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se CONFIRMA la resolución apelada de veintitrés de enero de dos mil veinte, en virtud de sus propios fundamentos. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. María Soledad Piñeiro Fuenzalida, quien en mérito de lo dispuesto en el artículo 247 del Código Procesal Penal, estuvo por revocar la resolución en alzada y conceder la medida cautelar de arresto domiciliario total. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 84 – 2020 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 31 de enero de 2020. David Silva Estrada Relator Suplente En Valdivia, treinta y uno de enero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ana María León Espejo, Secretaria Titular.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTE, PARA LA VISTA- POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA PRIVADA EN CAUSA RUC 1700859208-K, RIT 5944–2017. ROL CORTE 84 – 2020 PEN. Siendo las 9:10 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Ministra Sra. Marcia U
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica