TAPIA/EBNER
Rol
Fecha
31 de enero de 2020
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del último párrafo del
Fundamentos
considerando quinto y los motivos sexto, séptimo y octavo, que se eliminan. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y, ADEMÁS; PRESENTE: 1°: Que, la parte demandada recurre de apelación pidiendo se revoque la sentencia definitiva de primera instancia, cuestionando la existencia del contrato de arrendamiento pretendido por el actor, que el sentenciador dio por establecido. 2°: Que, en los términos que quedó planteada la litis y para resolver, es necesario tener presente que la acreditación de la existencia del contrato de arrendamiento constituye carga procesal probatoria del demandante, debiendo, en caso positivo, probar el demandado el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. 3°: Que, la demandante en apoyo de sus pretensiones rindió la prueba que se consigna en el motivo quinto del
Fallo
fallo apelado, consistente en una copia de escritura pública de compraventa del inmueble sub-lite y la declaración de la testigo, doña Yesenia Alexandra Castro Vidal. 4°: Que, conforme al numeral 7°, del artículo 8, de la Ley N° 18.101, la prueba, en el caso de marras, debe ser valorada conforme a las reglas de la sana crítica y resulta que, en el caso de autos, la instrumental ya señalada solo sirve para acreditar el dominio del inmueble por parte del actor, mas no de la existencia de un contrato por el cual se haya cedido su mera tenencia. De otro lado, los dichos de la testigo ya señalada, amén de lo dispuesto en los artículos 1708 y 1709 del Código Civil, resultan manifiestamente insuficientes para acreditar ya sea el presunto contrato de arrendamiento que habría existido entre las partes, así como las obligaciones que pesarían sobre el demandado. Que, así las cosas, de dichas probanzas, resulta imposible establecer la existencia del contrato de arrendamiento invocado por el actor. 5°: Que, a su turno, en la absolución de posiciones la demandada niega la existencia de un contrato de arrendamiento, por lo que tampoco puede considerarse para los efectos de establecer la efectividad de haber celebrado el referido contrato. 6°: Que, a mayor abundamiento, la demandada allegó prueba consistente en copia de la demanda de precario presentada por el demandante y otros antecedentes de la misma causa, en el Rol 4895-2016, del Segundo Juzgado Civil de Temuco, lo cual constituye
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C.A. de Temuco Temuco, treinta y uno de enero de dos mil veinte. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del último párrafo del considerando quinto y los motivos sexto, séptimo y octavo, que se eliminan. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y, ADEMÁS; PRESENTE: 1°: Que, la parte demandada recurre de apelación pidiendo se revoque la sentencia definitiva de primera instancia, cuestionando la ex
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