SERVICIOS GLOBALES DE OUTSOURCING SA/INSPECCION DEL TRABAJO EL LOA-ATACAMA
Rol
Fecha
30 de enero de 2020
Materia
OTROS RECLAMOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 508 del Código del Trabajo. La notificación de la multa que se reclama se entenderá practicada el sexto día hábil desde la fecha de su recepción en la oficina de correos, razón suficiente para revocar la resolución apelada. Toda vez, que la acción deducida por la reclamante se encuentra dentro del plazo indicado. Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 474 y siguientes del Código de del Trabajo y 508 del mismo cuerpo normativo, SE REVOCA, la resolución de fecha seis de enero de dos mil veinte, dictada en causa RIT I-1-2020, RUC 2040241259-4, del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, y en su lugar se dispone dar curso a la demanda como corresponda en derecho por juez no inhabilitado. Regístrese y comuníquese. Rol 35-2020 (LAB)
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 474 y siguientes del Código de del Trabajo y 508 del mismo cuerpo normativo, SE REVOCA, la resolución de fecha seis de enero de dos mil veinte, dictada en causa RIT I-1-2020, RUC 2040241259-4, del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, y en su lugar se dispone dar curso a la demanda como corresponda en derecho por juez no inhabilitado. Regístrese y comuníquese. Rol 35-2020 (LAB)
Texto Completo (Preview)
Cfdlc// Antofagasta, treinta de enero de dos mil veinte. VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 508 del Código del Trabajo. La notificación de la multa que se reclama se entenderá practicada el sexto día hábil desde la fecha de su recepción en la oficina de correos, razón suficiente para revocar la resolución apelada. Toda vez, que la acción deducida por la reclamante se encuentra dentro del plazo i
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